PJF alertó sobre la extinción de los fideicomisos del Poder Judicial de la Federación

 

En una siguiente etapa dicho dictamen pasará al Senado de la República para su aprobación, por lo que el procedimiento legislativo aún no está concluido.


Luego de que la Cámara de Diputados aprobó la noche del pasado martes 17 de octubre el decreto por el que se Reforman Artículos de la “Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación” y se extinguen 13 de los 14 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación, por más de 15 mil millones de pesos.

En una siguiente etapa dicho dictamen pasará al Senado de la República para su aprobación, por lo que el procedimiento legislativo aún no está concluido.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y del Consejo de la Judicatura Federal, emitió una “Alerta” sobre la extinción de los fideicomisos ya que repercute directamente en las finanzas del Poder Judicial de la Federación (PJF) y en el cumplimiento de diversas obligaciones patronales respecto a derechos laborales adquiridos por parte de todas y todos los trabajadores y aclaró que no se trata de un recorte al presupuesto que año con año se solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que aprueba igualmente la Cámara de Diputados.

El Poder Judicial de la Federación aclaró que este Proyecto de Presupuesto, que para 2024 implica la solicitud de 84,792.4 millones de pesos (4% superior a lo solicitado en 2023 de acuerdo a la inflación), está pendiente de discusión en el Poder Legislativo junto con todo el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación y, de acuerdo con las expresiones de diversos legisladores, podría tener reducciones que afectarían también a las finanzas del PFJ.

Por lo pronto y respecto a la discusión vigente sobre los fideicomisos del PJF, es importante reiterar la información real sobre dichos instrumentos:

“Los fideicomisos NO están destinados para beneficio de 11 Ministros en funciones y 22 en retiro Ni uno solo de los 14 fideicomisos con los que cuenta el Poder Judicial de la Federación (PJF) está relacionado con gastos de Ministras y Ministros”.

“Mucho menos se destinan para aspectos que tengan que ver con cuestiones personales”.

Así mismo, señala que cada fondo y fideicomiso tiene objetivos específicos que no permiten su uso para fines distintos a los establecidos para su creación

“Los fideicomisos se utilizan de manera complementaria para el pago de derechos laborales y sociales adquiridos por las y los trabajadores del Poder Judicial”.

Al menos 6 fideicomisos tienen por objeto cumplir de manera complementaria obligaciones patronales que constituyen derechos de las y los trabajadores, tanto laborales como de seguridad social: pensión, vivienda, cobertura de salud y retiro.

Estos derechos adquiridos están reconocidos, además de en la Constitución y en la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado, en otros instrumentos legales como son las Condiciones Generales de Trabajo.

Las reglas de operación de los fideicomisos exigen a las y los trabajadores cumplir ciertos requisitos para acceder a los recursos para el pago de los derechos laborales tutelados, como, por ejemplo, la antigüedad.

El personal operativo del PJF, que representa más del 60% de la plantilla, es el principal beneficiario de las prestaciones laborales vinculadas a los fideicomisos.

Mediante una Tarjeta Informativa, el Poder Judicial Federal, aseguró que la Auditoría Superior de la Federación “NO ha hecho observaciones” sobre la legalidad de los fideicomisos.

En 2019 la ASF realizó dos auditorías específicas a los fideicomisos del PJF, pero en ninguna de ellas observó irregularidades en la Constitución o administración de los fondos.

“El órgano fiscalizador verificó que los ingresos y rendimientos obtenidos se hubieran incorporado al patrimonio de las instituciones y que las erogaciones realizadas se encontraran debidamente justificadas y soportadas, derivado de lo cual únicamente emitió dos recomendaciones (no observaciones) que fueron solventadas en su totalidad, como lo acreditan los reportes enviados a la ASF”.

Así mismo destacó que es importante señalar que, conforme a la propia Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y las definiciones de la ASF, una recomendación tiene carácter preventivo y se refiere a una sugerencia para fortalecer los procesos administrativos y los sistemas de control del ente fiscalizador.

A diferencia de las observaciones cuyo cumplimiento es obligatorio y responde a situaciones que pudieran ser contrarias a la ley, situación que en este caso no ocurrió.

También Aclara que los fideicomisos “NO son Guardaditos”, por lo que los 14 fideicomisos del PJF fueron constituidos inicialmente con recursos públicos; sin embargo, esto no significa que el presupuesto no ejercido año con año se destine a dichos instrumentos.

“El hecho de que dichos recursos públicos se encuentren en fideicomisos no los convierte en recursos privados, por el contrario, continúan siendo recursos del Estado mexicano, bajo la administración del Poder Judicial Federal, que es uno de los Tres Poderes de la Unión que lo conforman”.

Finalmente, señaló que el ejercicio de estos recursos se da bajo reglas de operación previamente emitidas y con plena transparencia, rindiendo cuentas de manera trimestral como lo puede comprobar cualquier ciudadano al consultarlos en las siguientes ligas:

https://www.cjf.gob.mx/transparencia/paginas/administrativa/fideicomisos.htm https://www.scjn.gob.mx/transparencia/fideicomisos

Los objetos de cada uno de los fideicomisos, tanto los de La Corte como los del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), son los que se describen a continuación:

1.- Fideicomiso: “Pensiones Complementarias”: (Mandos Superiores) Destinado para el pago de pensiones complementarias para mandos superiores.

2.- Fideicomiso: “Pensiones Complementarias”: (Mandos Medios y Personal Operativo) Destinado para el pago de pensiones complementarias para mandos medios y personal operativo.

3.- Fideicomiso: “Plan de Prestaciones Médicas Complementarias y de Apoyo Médico Extraordinario”: Auxiliar para servidores públicos operativos (de menores ingresos) en casos de extrema urgencia médica, cuando las condiciones no les permiten atender el padecimiento de forma adecuada, este apoyo puede ser de carácter devolutivo según circunstancias.

4.- Fideicomiso: “Manejo de Producto de la Venta de Publicaciones CD´s y Otros Proyectos”: Venta de discos compactos, Jurisprudencia, Tesis Aislada, Semanario Judicial de la Federación, su gaceta u otras publicaciones, para la divulgación a Nivel Nacional de las resoluciones de los Tribunales de la Federación.

5.- Fideicomiso: “Remanentes Presupuestales”: Administrar los Remanentes de 1998 y anteriores, para instalación y mantenimiento, adquisición o arrendamiento de inmuebles, Construcción y proyectos integrales, entre otros.

6.- Fideicomiso: “Fondo Nacional para Fortalecimiento y Modernización de la Impartición de Justicia (fondo Jurica): Para Canalizar y otorgar recursos a las personas, instituciones e instancias para diseñar, elaborar y realizar los proyectos, estudios o programas de alcance nacional o regional.

7.- Fideicomiso: “Pensiones Complementarias de Magistrados y Jueces Jubilados”: Para el pago de pensiones complementarias de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación.

8.- Fideicomiso: “Mantenimiento de Casas Habitación de Magistrados y Jueces”: Asignación de una vivienda propiedad del PJF, (transferidas por Banobras) cuando Magistrados y Jueces son adscritos a un Órgano Jurisdiccional que implique su cambio de residencia.

9.- Fideicomiso: “Apoyos Médicos Complementarios y de Apoyo Económico Extraordinario para los servidores públicos del PJF, con Excepción de los de la SCJN”: Auxiliar a servidores públicos operativos (que son los de menores ingresos) en caso de extrema urgencia médica cuando las condiciones no les permiten atender el padecimiento de forma adecuada.

10.- Fideicomiso: “Desarrollo de Infraestructura que implementa las Reformas Constitucionales en Materia de Justicia Federal”: Desarrollar centros de Justicia penal federal (Juzgados de Control, de Juicio Oral de Ejecución de Penas y Tribuales de segunda instancia e incluso, la justicia penal para adolescentes).

11.- Fideicomiso: “Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia”: Adquisición, Construcción y remodelación de órganos jurisdiccionales y su equipamiento así como para capacitación, mejoramiento y especialización de las personas públicas del PJF.

12.- Fideicomiso: “Fondo de Apoyo a la Administración de los Recursos Provenientes de Sentencias que deriven de las acciones colectivas difusas”: Apoyo en la Defensa y Protección en los Intereses Colectivos.

13.- Fideicomiso: “De Apoyos Médicos Complementarios y de Apoyo Económico Extraordinario para los Servidores Públicos del PJF, con excepción de los de la SCJN”: Auxiliar a Servidores públicos operativos (de menores ingresos) en caso de extrema urgencia médica cuando las condiciones no les permitan atender el padecimiento de forma adecuada.

14.- Fideicomiso: “Fondo Misto de Cooperación Técnica y Científica México-España”: Corresponde al Programa sobre cooperación Electoral entre el TEPJF y la Agencia Española de Cooperación Internacional; el TEPJF es beneficiario en los proyectos autorizados, siendo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Fideicomitente única; el Fondo es un mecanismo de cooperación destinado a fincar bajo la modalidad de co-financiamiento programas y proyectos bilaterales de cooperación acordados en la Subcomisión Mixta de Cooperación Técnica y Científica México – España mutuamente definidas como prioritarias que sean propuestos por las Instituciones que conforman dicho Fondo.

Guillermo Espinosa / @Guiesga

AGM