Por el caso ‘Estafa Maestra’ vinculan a proceso a un servidor público y a un rector de universidad: FGR

prisión Foto: Internet
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El juzgador impuso como medidas cautelares a los vinculados a proceso la prohibición de salir sin autorización del país y la presentación periódica mensual; también fijó cuatro meses como plazo de investigación complementaria.


La Fiscalía General de la República (FGR) informó este miércoles que un juez de control adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en la Ciudad de México con sede en el Reclusorio Oriente, dictó vinculación a proceso en contra de Juan Manuel López Arroyo y Carlos Oscar Espinosa Castañeda, por su probable responsabilidad en el delito de uso indebido de atribuciones y facultades en el caso “Estafa Maestra”.

Juan Manuel López Arroyo, es ex titular de la Unidad de Planeación y Relaciones Internacionales (UPRI), de la entonces Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL) y fue vinculado a proceso por contratar indebidamente servicios con recursos económicos públicos y por solicitar el otorgamiento indebido de autorizaciones de contenido económico.

Cabe aclarar que López Arroyo, ya había sido vinculado por el delito mencionado, pero en perjuicio de una institución educativa de Nezahualcóyotl, Estado de México, ahora se le vinculó por la probable contratación indebida de servicios con recursos económicos públicos, a una casa de estudios de Texcoco de la misma entidad federativa.

Mientras que Carlos Oscar Espinosa Castañeda, en su carácter de Rector de la Universidad Politécnica de Texcoco fue vinculado por ser parte de dicha contratación indebida de servicios; ocasionando con su actuar un detrimento a la Hacienda Pública Federal por más de 150 Millones de pesos, ya que el Estado no obtuvo las mejores condiciones en la contratación del servicio objeto de investigación, contraviniendo los principios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad, honradez y transparencia

El juzgador impuso como medidas cautelares a los vinculados a proceso la prohibición de salir sin autorización del país y la presentación periódica mensual; también fijó cuatro meses como plazo de investigación complementaria.