Proponen candados para amparos ante extradición

 

Mediante la figura, los delincuentes evitan enfrentar cargos en otros países


El consejero de la Judicatura Federal, Alfonso Pérez Daza, consideró que hay que hacer modificaciones a la Ley General de Amparo, sobre todo para que no se otorgue la suspensión de plano en casos de extradición de personas relacionadas con el crimen organizado. Y es que, actualmente, con el sólo hecho de que un extraditable presente un amparo, se le otorga la suspensión de plano o de oficio, lo que hace que ésta se prolongue por tiempo indefinido.

Así, el juicio de amparo se ha convertido en una de las herramientas para las personas que enfrentan cargos en otros países, principalmente Estados Unidos, por delincuencia organizada y narcotráfico, y es la mejor manera de prolongar su estancia en el país, donde en algunos casos se ha comprobado siguen operando aunque estén en prisión.

El también académico e investigador de la UNAM dijo que se

deben hacer reformas a los artículos 126 y 127 de la Ley de Amparo.

“¿Qué es lo que se ha cuestionado por la sociedad mexicana?, que el procedimiento de extradición se suspende por los jueces federales. Lo que se ha interpretado, fundamentalmente, es que la suspensión de plano en el artículo 126 procede porque precisamente consiste en una acto que en sí mismo es inconstitucional, pero al mismo tiempo se regula en el artículo 127 en un procedimiento distinto, a través de un incidente de suspensión que en este caso de abre a petición de parte”, dijo el experto.

Recordó que en el caso de Osiel Cárdenas Guillén, utilizó el juicio de amparo y las suspensiones de oficio o de plano para retrasar su traslado a EU por cuatro años, alegando en cada audiencia que no estaba preparado para presentarse.

Actualmente, esta estrategia ha sido utilizada recurrentemente por José de Jesús Vargas Méndez, fundador del cártel de la Familia Michoacana, quien desde 2011 ha combatido la extradición a Estados Unidos.