Reconoce SCJN atribuciones de Congresos locales para imponer impuesto ecológico

 

Hubo votación mayoritaria de ocho ministros a favor


Con una votación mayoritaria de ocho ministros a favor, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció la facultad de los congresos estatales para decretar leyes e imponer un impuesto ecológico a empresas que contaminen el medio ambiente.

Los ministros de la Suprema Corte advirtieron que la Constitución de la República no otorga a la federación ninguna exclusividad para imponer este tipo de gravámenes a empresas que dañen el ambiente.

Por ello, con el objetivo de proteger el medio ambiente, los Congresos de los estados sí tienen facultades para imponer el llamado Impuesto Ecológico.

Al resolver la Controversia Constitucional 56/2017 promovida por el entonces presidente de la República, Enrique Peña Nieto, contra diversas disposiciones de la Ley de Hacienda y de Ingresos de Zacatecas, quienes impusieron impuesto a empresas dedicadas a la minería por daños al ambiente.

Asimismo, el Ejecutivo federal impugnó el decreto gubernativo mediante el cual se otorgan estímulos fiscales y facilidades administrativas para el ejercicio fiscal estatal de 2017.

La administración del Presidente Peña Nieto alegaba que es facultad exclusiva de la Federación imponer gravámenes o estímulos fiscales en materia de minería, equilibrio ecológico, contaminación de la atmósfera, preservación de las aguas nacionales, así como el tratamiento y disposición de residuos peligrosos.

En respuesta el Congreso y Ejecutivo de Zacatecas argumento que las normas impugnadas fueron expedidas con base en las facultades concurrentes que la Constitución de la República establece en materia de medio ambiente.

A propuesta de la ministra Norma Piña, sus pares plantearon un análisis fragmentado de este caso, pues en primera instancia analizaron, discutieron y votaron, como punto fundamental para resolver el caso, si las entidades de la República tienen facultades para legislar en materia de impuestos ambientales.

Por ocho votos a favor de los ministros Alfredo Gutiérrez, José Luis González, Fernando Franco, Mario Pardo, Javier Laynez, Alberto Pérez, la ponente Norma Piña y el presidente Arturo Zaldívar, el pleno del Tribunal Constitucional resolvió que las entidades sí tienen dicha facultades.

En contraste, votaron en contra Luis María Aguilar y Eduardo Medina, en ausencia de la ministra Margarita Luna, quien está a unos días de su retiro, se encuentra de vacaciones por lo que no estuvo en la sesión.

El proyecto de la ministra Norma Piña tuvo cambios— algunos de sus colegas emitieron votos recurrentes—y la sesión se pospuso con el fin de que redacten de manera ordenada los cambios con respecto a las puntos particulares de Zacatecas.

Será hasta la sesión del lunes, cuando los ministros analicen y resuelvan los efectos que esta determinación tendrá para el caso específico de Zacatecas con relación a la Controversia Constitucional 56/2017.