Reglas que deberán cumplir los miembros de Guardia Nacional

Reglas que deberán cumplir los miembros de Guardia Nacional
 

La iniciativa de Ley de la Guardia Nacional prevé sanciones de hasta de 60 años de cárcel para los elementos que la integren y violen su normatividad. Por ejemplo, cuando brinden servicios a la delincuencia organizada, la encubran, le filtren información, pongan en libertad a criminales o mientan a sus superiores sobre información delincuencial. La […]


La iniciativa de Ley de la Guardia Nacional prevé sanciones de hasta de 60 años de cárcel para los elementos que la integren y violen su normatividad.

Por ejemplo, cuando brinden servicios a la delincuencia organizada, la encubran, le filtren información, pongan en libertad a criminales o mientan a sus superiores sobre información delincuencial.

La insubordinación en servicio también se castigará hasta con 60 años de prisión. Se sancionará con la misma pena a los superiores que por maltrato físico causen la muerte de un subalterno.

La Ley de la Guardia Nacional la define como una institución policial armada, civil, disciplinada, profesional y permanente, con autonomía técnica, operativa y de mando.

Será el secretario de Seguridad Pública y Protección Ciudadana el responsable de conducir la actuación de la nueva institución policial y será el titular de su mando originario.

La iniciativa aclara que la disciplina será su eje fundamental a través de bases como la obediencia, el honor, la justicia y la moral.

En la ley se enumeran las atribuciones y obligaciones de la Guardia Nacional, entre ellas: Colaborar, cuando sea formalmente requerida por autoridades locales y municipales en la protección de la integridad física de las personas, preservación de sus bienes y en situaciones de peligro cuando se vean amenazadas por la violencia.

Podrá llevar a cabo operaciones encubiertas, solicitar, previa autorización de un juez, la intervención preventiva de comunicaciones.

Detalla los procedimientos para el ingreso y permanencia del personal y establece la carrera de la Guardia Nacional.

Se detalla la posesión del armamento con el que podrán contar, establece controles sobre los casos en los que podrán proceder a su uso y advierte que sólo el personal operativo que haya acreditado la evaluación de destreza y de adiestramiento podrá portarlas.

La Ley de la Guardia Nacional enlista 35 deberes que tendrá, entre ellos conducir su actuación con dedicación y disciplina, así como con apego al orden jurídico y respeto a los derechos humanos; prestar auxilio a personas amenazadas, abstenerse de infligir o tolerar actos de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes aun cuando se trate de una orden superior o se argumenten circunstancias especiales como la amenaza a la seguridad pública.

Deberán observar un trato respetuoso con todas las personas y desempeñar sus funciones sin aceptar pagos o gratificaciones fuera de la ley y se opondrán a cualquier acto de corrupción.

Sus elementos deberán velar por la vida e integridad física de las personas detenidas.

No podrán embriagarse en el servicio ni asistir uniformados a bares, cantinas, centros de apuestas, juegos o prostíbulos, si no media orden expresa para el desempeña de sus funciones.

Sólo se les permitirá hacer uso de la fuerza de manera racional. Cuando autoridades municipales o estatales soliciten su apoyo, deberán aportar los recursos económicos, humanos y materiales para sufragar parcialmente la operación del personal de la Guardia Nacional.

Se aclara que en sus funciones de investigación y combate al delito, la Guardia Nacional actuará bajo el mando y conducción del Ministerio Público de la Federación.