Sancionarán a gasolineros que compren y vendan huachicol

Sancionarán a gasolineros que compren y vendan huachicol
El diésel será el único combustible que disminuirá los estímulos Foto:Notimex 

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, para sancionar a los concesionarios de gasolinerias que compren combustible robado, mejor conocido como “huachicol”. Las sanciones irán desde decomisar de las estaciones de gasolina y el combustible, hasta la prohibición […]


El pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, para sancionar a los concesionarios de gasolinerias que compren combustible robado, mejor conocido como “huachicol”.

Las sanciones irán desde decomisar de las estaciones de gasolina y el combustible, hasta la prohibición para que puedan solicitar nuevos permisos durante un periodo de entre tres meses y 15 años.

Asimismo, para obligar a los titulares de permisos de distribución y transporte de combustibles a incorporar un sistema de geoposicionamiento en todos los vehículos utilizados para el desarrollo de sus actividades.

Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Justicia, la panista María del Pilar Ortega Martínez, indico que el robo de combustible en el país ha crecido de manera exponencial en el país, en los últimos años.

“Hemos visto como se ha incrementado de manera exponencial la violencia en nuestro país a raíz de la comisión de este delito. El problema del robo de hidrocarburos no es nuevo, pero ha crecido de manera exponencial. De acuerdo con estimaciones de la propia empresa productiva PEMEX, durante los últimos diez años el robo de combustible creció en 878 por ciento. Para poner en perspectiva este dato, hace diez años se detectaba una toma clandestina diaria y actualmente se detectan 20.

“Entre 2013 y 2017 se detectaron 28 mil 76 tomas clandestinas en todo el país, en contraste con las encontradas en 2018 que ascendieron a 12 ml 581 tomas clandestinas. Tan solo las tomas clandestinas encontradas en 2018 representan poco más del 40 por ciento de las tomas reportadas en cuatro años”.

El documento reforma el artículo 21 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en materia de Hidrocarburos, y adiciona los preceptos 9 Bis, 22 Ter y 22 Quáter a esta misma legislación.

Actualmente, el artículo 21 señala que al franquiciatario, asignatario, contratista, permisionario o distribuidor vinculado con el robo de combustible o su comercialización se le aplicarán las penas estipuladas en la ley, entre ellas la revocación del permiso y en su caso la disolución de la empresa; sin embargo, no establece candados para que pueda solicitar un nuevo permiso.

El nuevo artículo 22 Ter establece, entre otras acciones, que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) deberá publicar en su página de internet el listado de las personas físicas y morales cuyo permiso o procedimiento iniciado para obtener uno se hubieren suspendido definitivamente con motivo de una sentencia ejecutoria de un juez.

El artículo 22 Quáter señala que como medida de prevención, los titulares de permisos de distribución y transporte de hidrocarburos deben implementar en los vehículos que utilicen para sus actividades un sistema de geoposicionamiento.

En los preceptos transitorios se indica que ello deberá realizarse en un plazo máximo de 90 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del decreto.

La minuta fue turnada al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.