SCJN avaló la facultad de los Congresos Locales para asignar a municipios la prestación del servicio de bomberos

Bomberos Foto: Internet
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Esto luego de que municipios del estado de Morelos, denunciaron que esta responsabilidad les fue adjudicada por el Congreso Estatal, sin asignarles presupuesto específico para ello.


El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este martes, que es obligación de los Ayuntamientos Municipales asumir la administración y gastos de los cuerpos de bomberos.

Esto luego de que municipios del estado de Morelos, denunciaron que esta responsabilidad les fue adjudicada por el Congreso Estatal, sin asignarles presupuesto específico para ello.

En sesión remota del Tribunal Pleno, efectuada a través del sistema de videoconferencia, los Ministros consideraron, que la Legislatura Local derivada de la competencia que le otorga el inciso i) de la fracción III del artículo 115 de la Constitución General para encomendar a los municipios la prestación de funciones y servicios públicos no enumerados en los otros incisos de la referida fracción, de acuerdo con sus condiciones territoriales y socioeconómicas y su capacidad administrativa y financiera.

En este sentido, los Ministros coincidieron en que es obligación sufragar los gastos por la operación del servicio de bomberos y el impacto que ello tiene en la hacienda municipal y que no implica la intromisión de la Legislatura Local en cuestiones ajenas a su competencia o la vulneración de las garantías aplicables a los recursos municipales, pues no es sino la consecuencia de que los municipios cumplan con los servicios y funciones a su cargo.

Por lo anterior, la SCJN, declaró infundados los argumentos de invalidez en los que el actor manifestó que la Legislatura no previó a su favor los ingresos necesarios para cubrir los gastos derivados de la operación y organización del servicio, sobre la base de que, del artículo 115, fracción IV, constitucional.

“No se advierte tal exigencia, aunado a que no existe prohibición para imponer a los municipios obligaciones que deban afrontar con los recursos a su alcance”

Dicha Controversia Constitucional con el numero 102/2017, fue promovida por el Municipio de Yecapixtla, Morelos.