SCJN niega amparo a Néstor Moreno Díaz, ex directivo de la CFE

Con esta determinación de la Corte, Néstor Félix Moreno Díaz, deberá cubrir además de la sentencia impuesta, una multa de 31 mil 315 pesos y la reparación de los daños causados a la paraestatal.
Guillermo Espinosa Publicado el
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Por unanimidad, los Ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), negaron este miércoles, la solicitud de amparo promovida por Néstor Félix Moreno Díaz, ex Director General de Operaciones de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Moreno Díaz, fue sentenciado a ocho años de prisión por enriquecimiento ilícito, y actualmente es considerado prófugo de la Justicia Mexicana.

El ex funcionario, promovió a través de su defensa, la impugnación del artículo 224 del Código Penal Federal, ya que según el imputado, no se definía claramente el delito por el cual fue sentenciado, además de que se le imponía:

“Acreditar el legítimo aumento de su patrimonio, o la legítima procedencia de sus bienes o de aquellos respecto de los cuales se conduzca como dueño, eximiendo al ministerio público de acreditar el delito.”

Los Ministros de la Primera Sala, sin discusión alguna del caso, coincidieron en que, al pedirle a Moreno Díaz, que acredite el origen legal de su riqueza, se le da una oportunidad de probar su inocencia.

La Ministra ponente Norma Lucía Piña Hernández, señaló en el proyecto presentado, que el precepto impugnado no se contrapone al derecho a la no autoincriminación.

“Ninguna de sus disposiciones obliga al servidor público a manifestarse culpable del ilícito de que se trata, tampoco lo obliga a realizar manifestaciones para probar, pues la producción de evidencia queda completamente a potestad de la persona acusada, lo único que establece, como se ha mencionado, es que se le otorga la oportunidad de acreditar la procedencia lícita de los bienes”.

Con esta determinación de la Corte, Néstor Félix Moreno Díaz, deberá cubrir además de la sentencia impuesta, una multa de 31 mil 315 pesos y la reparación de los daños causados a la paraestatal.

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