SEGOB convoca a gobernadores garantizar registros de nacimiento y defunción durante contingencia

Defunciones Foto: Internet
Defunciones Foto: Internet 

Esto con la finalidad de brindar en el menor tiempo posible los servicios registrales, así como la expedición de las órdenes de incineración e inhumación que correspondan.


La Secretaría de Gobernación (SEGOB) solicitó a los mandatarios de las 32 entidades federativas para que instrumenten medidas extraordinarias que garanticen el registro de nacimientos y defunciones durante la “Emergencia Sanitaria” por el COVID-19.

La SEGOB, informó que ya se instrumentaron diversos mecanismos de coordinación para que se garantice a las niñas y los niños nacidos que puedan ser registrados a la brevedad para que no exista un rezago y puedan ejercer de inmediato a la identidad como el derecho llave de otros como son la vacunación y el acceso a servicios de salud.

La dependencia señaló por otra parte que dado el lamentable pero predecible incremento en el número de defunciones por causa del Coronavirus, será necesario que:

“Se realice el registro en el menor tiempo posible, a efecto de disponer del cuerpo de la persona fallecida para su incineración o inhumación y evitar acumulación de cuerpos y contagios”.

El llamado a los mandatarios estatales y a la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México es a instrumentar una serie de acciones extraordinarias a efecto de que los “Registros Civiles” del país se mantengan abiertos y brinden un servicio eficiente e inmediato para el registro de los nacimientos y de las defunciones durante la presente emergencia sanitaria.

“Por medio de la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad (RENAPO), la Secretaría de Gobernación se coordina con todos los registros civiles en el país para auxiliarlos con los medios tecnológicos con los que cuenta y ha puesto a disposición de las entidades federativas”.

La SEGOB, destacó que entre dichas medidas extraordinarias se debe contemplar:

• Gestionar la gratuidad de las actas de defunción.
• La disminución de los requisitos para el registro de las defunciones
• Establecer mecanismos de coordinación directa con los hospitales de reconversión COVID-19.

Esto con la finalidad de brindar en el menor tiempo posible los servicios registrales, así como la expedición de las órdenes de incineración e inhumación que correspondan.