Condiciones para la inversión extranjera

 

HÉCTOR GALEANO INCLÁN


HÉCTOR GALEANO INCLÁN

La inversión en bienes inmuebles por extranjeros puede realizarse libremente en cualquier parte del territorio nacional previa la obtención del permiso que expida la Secretaria de Relaciones Exteriores (Cláusula Calvo).

Esta regla tiene dos excepciones: los extranjeros no pueden adquirir parcelas o terrenos ejidales y, la segunda, no ser propietarios de inmuebles ubicados en una franja de 100 km a lo largo de las fronteras y 50 km de ancho en las costas.

La relevancia de esta restricción radica en que la zona restringida ocupa prácticamente la mitad del territorio nacional, pues México es uno de los países con mayor número de kilómetros de costa y de fronteras en el mundo.

Hagamos un poco de historia, a pesar de que en el Artículo 27 de la Constitución a esa franja en las fronteras y en las costas se le refiere como zona prohibida, la Ley de Inversión Extranjera de 1993 matizó la denominación y la cambió por zona restringida, precisamente para abrirla a la inversión extranjera.

Además autorizó a las sociedades mexicanas con cláusula de admisión de extranjeros e incluso a las sociedades con inversión extranjera a adquirir inmuebles en esta zona, siempre y cuando no sean residenciales.

El motivo para romper la veda a la inversión extranjera en las fronteras y las costas fue promover la inversión y con ella, el crecimiento económico, al permitir que empresas con capital extranjero pudieran adquirir inmuebles dedicados a la industria maquiladora en la frontera del norte y favorecer la creación de desarrollos inmobiliarios en las costas.

A pesar de esta apertura, en la zona restringida sigue prohibida la adquisición de inmuebles habitacionales para extranjeros. La sanción por el incumplimiento es la pérdida a favor de la nación de los bienes adquiridos y una multa hasta por el importe de la inversión.

¿Debe desaparecer o no la zona restringida? Es una pregunta polémica. El mayor argumento a favor de conservarse es que al abrirla a la inversión extranjera, se perdería la soberanía nacional.

Los que abogan por su desaparición señalan que en la mayoría de los países del mundo no existen limitantes de este tipo y se fomentaría la inversión.

Otro punto a considerar es la subsistencia o desaparición de la Cláusula Calvo, que consiste en el convenio que celebran los extranjeros con el Estado Mexicano de considerarse como mexicano y en no invocar la protección de sus gobiernos bajo la pena, en caso de faltar a lo pactado, de perder los bienes o inversiones adquiridas en beneficio de la Nación.

El tema ha sido discutido por el Poder Legislativo, de hecho, hay una iniciativa presentada por el PRI y el PAN, y aprobada en la Cámara de Diputados en 2013y sigue pendiente de autorización.