La economía en el Proyecto de Constitución

 

Toda persona tiene el derecho individual y colectivo a participar, contribuir y disfrutar de una economía


En el artículo 15, del Proyecto de Constitución Política para la Ciudad de México (PCPCM) se apunta que “toda persona tiene el derecho individual y colectivo a participar, contribuir y disfrutar de una economía que tenga por objeto el bienestar, la redistribución de la riqueza y la sostenibilidad social y ambiental”, y que “toda persona tiene derecho a una economía social y solidaria que tenga como finalidad reducir la pobreza, generar empleo digno, promover la inclusión, la equidad y la justicia social”, todo lo cual suena bien desde la perspectiva socialista/colectivista/paternalista, pero que contiene, desde el punto de vista de la economía, errores graves, y plantea preguntas que urgen respuestas.

Error grave: apuntar que el objeto de la economía es la redistribución de la riqueza, siendo que el objeto propio de la economía, entendiendo por economía la actividad económica de las personas, es la producción de riqueza (bienes y servicios para que los consumidores satisfagan sus necesidades) y, efecto de ello, la generación del ingreso (consecuencia de haber participado en la producción de dichos bienes y servicios), ingreso (desde el salario del obrero hasta el sueldo del ejecutivo) que depende de la relación oferta-demanda de trabajo en cada mercado laboral.

La redistribución de la riqueza, que consiste en quitarle a A lo que, por ser parte del producto de su trabajo, es de A, para darle a B lo que, por no ser parte del producto de su trabajo, no es de B, es obra, no de la economía, sino de las políticas sociales del gobierno, con las cuales se busca hacer realidad la justicia social, momento de tener presente que, si hay un sustantivo que pierde sustancia al adjetivarse, sobre todo si ese adjetivo es social, ese es el sustantivo justicia.

Preguntas: ¿qué es la economía social y solidaria?, ¿qué es la sostenibilidad social?, el objetivo de la actividad económica, ¿puede ser la redistribución de la riqueza?, y si puede serlo, ¿debe serlo? En fin, disparate tras disparate en el PCPCM. Continuará. arturodamm@prod