¿Quiénes pueden perder registro?

Perderían su registro el Partido de la Revolución Democrática, el Partido Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza y Encuentro Social
Vladimir Galeana Publicado el
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De acuerdo con Roberto Duque, catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, serían cinco los partidos nacionales que estarían desapareciendo en caso de que los resultados finales del Programa de Resultados Preliminares se confirmaran en los cómputos distritales. Bien dice que ese es el tamaño del tsunami lopezobradorista, porque perderían su registro el Partido de la Revolución Democrática, el Partido Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza y Encuentro Social.

La regla prevista en la legislación electoral mexicana, sigue diciendo Duque, es que hay tres elecciones nacionales, Presidente de la República, Senadores y Diputados Federales, y el partido que no obtenga el tres por ciento de los votos en alguna de esas elecciones pierde el registro, y eso es lo que le está pasando al Partido de la Revolución Democrática, porque no está obteniendo el tres por ciento en la elección de Presidente de la República, y aunque está muy cerca de ese tres por ciento, hasta en tanto no lo alcance se puede considerar desaparecido.

Eso quiere decir que tan solo con la elección de presidente nos quedaríamos con cuatro partidos en el escenario nacional, como afirma Roberto Duque: Movimiento de Regeneración Nacional, Partido Revolucionario Institucional, Partido Acción Nacional y Partido del Trabajo. Aunque el Instituto Nacional Electoral señale que esto no es así, porque para sus integrantes si un partido alcanza el tres por ciento en una de las tes elecciones automáticamente se salva de la desaparición.

La apreciación de Roberto Duque es que el INE no puede decir lo que no dice la ley, porque es muy clara cuando señala que si se falla en una de las tres elecciones el partido pierde el registro, y lo que los integrantes del Instituto Nacional Electoral pretenden es darle la vuelta a la ley para proteger a los partidos políticos, pero también señaló que confía en que este error de interpretación sea subsanado en lo inmediato, porque estaríamos frente a una garrafal falla de nuestro sistema democrático.

Pero también representaría un atroz atropello a la Constitución y a la ley general de partidos vigentes en México. La letra de la Constitución señala en su Articulo 41 que “el partido político nacional que no obtenga, al menos, el tres por ciento del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del Poder Ejecutivo o de las Cámaras del Congreso de la Unión, le será cancelado el registro”.

La letra de la ley es clara y precisa. El Artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos señala: “1.- Son causa de pérdida de registro de un partido político: (…) b) No obtener en la elección ordinaria inmediata anterior, por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida en alguna de las elecciones para diputados, senadores o Presidente…” tiene mucha razón el catedrático Roberto Duque, y los mexicanos no podemos permitir este tipo de manipulaciones de la autoridad electoral, porque sería lo mismo que un fraude o un negocio. Al tiempo.

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