El Senado de rodillas ante la agenda de AMLO

 

Aunque Morena justificó que la Ley de Amnistía es necesaria para salvaguardar a la población penitenciaria por brotes de Covid-19 entre la comunidad penitenciaria, la verdad es que el ordenamiento jurídico mexicano ya contempla instrumentos legales más efectivos, tal es el caso de las preliberaciones o el indulto presidencial.


Por: Kenia López Rabadán*

En el marco de la pandemia del Covid-19 se convocó a sesión del Pleno del Senado de la República para discutir un pendiente de campaña del titular del Ejecutivo Federal y no para escuchar las demandas sociales.

En la agenda del Senado, se encuentran pendientes de presentación 44 iniciativas, 124 puntos de acuerdo, la gran mayoría sobre acciones que tienen relación con la emergencia sanitaria que se vive en nuestro país, sin embargo, el partido oficial únicamente convocó para discutir un tema: la Ley de Amnistía. Sin importar que existen asuntos que le urgen a la ciudadanía, como la contingencia sanitaria y la falta de medidas económicas, el Senado se arrodilló ante la petición del Primer Mandatario y se aprobó una ley que poco beneficia a la población penitenciaria.

La Ley de Amnistía consta de ocho artículos y cinco transitorios, la cual tiene por objeto otorgar el perdón a quienes se encuentren en proceso o hayan recibido una sentencia por un juez federal, por la comisión de delitos como el delito de robo simple y sin violencia que no amerite pena privativa de la libertad mayor a cuatro años; a quienes por su condición de extrema vulnerabilidad o discapacidad hayan sido incitados o instigados por grupos delictivos a cometer un delito; o a quienes hayan poseído narcóticos en cantidades superiores hasta en dos tantos a la dosis máxima de consumo personal sin fines de distribución o venta.

Aunque Morena justificó que la Ley de Amnistía es necesaria para salvaguardar a la población penitenciaria por brotes de Covid-19 entre la comunidad penitenciaria, la verdad es que el ordenamiento jurídico mexicano ya contempla instrumentos legales más efectivos, tal es el caso de las preliberaciones o el indulto presidencial.

El Título Quinto de la Ley Nacional de Ejecución Penal, contempla los beneficios preliberacionales como la libertad condicionada, la libertad anticipada, la suspensión temporal de penas o los permisos humanitarios; todos ellos, con la finalidad de que una persona sentenciada acceda a la libertad bajo supervisión o con monitoreo electrónico. Por su parte, el Capítulo IV del Código Penal Federal, señala que el indulto, será otorgado por el titular del ejecutivo federal a las personas sentenciadas que no representen un peligro para la tranquilidad y seguridad pública. Si el objeto es descongestionar los centros penitenciarios para evitar la propagación del Coronavirus, la aprobación de la multicitada ley no es el camino.
Los temas que hoy preocupan a la ciudadanía y que debe atender el Senado, devienen de la falta de medidas que atiendan la salud y la economía de los mexicanos. Tan sólo en marzo, se perdieron más de 130 mil empleos y nuestras autoridades no han estado a la altura de las necesidades de la sociedad. Cada día, el Presidente de la República y el partido oficial, demuestran que ellos no se preocupan por las demandas ciudadanas, ni representan los intereses de la ciudadanía y están más preocupados por sacar su agenda de campaña.

*Senadora. Presidenta de la comisión de Derechos Humanos