Anulan artículos a ley de protección a periodistas

 

Desecharon parte del Artículo 6, fracción lX


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) continuó la revisión de la ley para la protección de defensores y periodistas de Quintana Roo de la que refrendó un artículo original y en otro eliminó la palabra “alto”, cuando se refiere al riesgo de estas actividades.

Por mayoría de votos, los ministros validaron el Artículo 3, fracción XII, donde se establece un concepto de periodista, al que define como toda persona que hace del ejercicio de la libertad de expresión y/o información su actividad, de manera permanente.

Los ministros también desecharon parte del Artículo 6, fracción lX, que disponía sólo dar protección a los periodistas cuando estuvieran en situación de “Alto Riesgo”.

El Pleno determinó que las medidas de protección deberán ser otorgadas a las personas que se encuentren en un riesgo por las actividades que realicen, sin importar el rango de éste.