Aprueban diputados fast track reformas a diversas leyes

Aprueban diputados fast track reformas a diversas leyes
Aprueban diputados fast track reformas a diversas leyes 

Los diputados también aprobaron cambios a la Ley General de Salud para prohibir la aplicación, inyección o infiltración hipodérmica de sustancias modelantes con fines estéticos nocivas, tóxicas o peligrosas para la salud.


Durante la penúltima sesión del periodo ordinario de sesiones, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó fast track una serie de reformas a diversas leyes en materia de salud, discriminación y, entre otras.


Con 453 votos a favor, los legisladores avalaron reformas al artículo 9º de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, para considerar como discriminación negar o limitar la información, la atención y el derecho al duelo en casos de muerte neonatal o perinatal.


De acuerdo con datos del Inegi en 2021 se reportaron 23 mil muertes fetales, por lo que enfatiza la importancia de la iniciativa denominada “Brazos Vacíos”, la cual busca abordar el duelo gestacional, perinatal y neonatal.


Se destacó que debido al alto porcentaje de muertes fetales relacionadas con el parto, es crucial proporcionar un acompañamiento adecuado a los padres durante estos momentos de pérdida, reconociendo la necesidad de un apoyo humanizado y especializado.


Los diputados también aprobaron cambios a la Ley General de Salud para prohibir la aplicación, inyección o infiltración hipodérmica de sustancias modelantes con fines estéticos nocivas, tóxicas o peligrosas para la salud.

Aprueban diputados fast track reformas a diversas leyes


Se prohíbe el uso de sustancias como silicona líquida, aceites minerales, aceites comestibles, aceites de automóvil, grasas vegetales o animales, cemento óseo, biopolímeros orgánicos o sintéticos, o cualquier otra sustancia no apta para uso humano.


Se imponen de cinco a ocho años de prisión a quien realice aplicaciones, inyecciones o infiltraciones hipodérmicas de sustancias modelantes con fines estéticos prohibidas.


También avalaron reformas a diversas disposiciones de la Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas, con el objeto de actualizar el Listado Nacional de Sustancias Químicas.


El texto, enviado al Ejecutivo Federal, señala en el artículo 2º fracción VIII que se entiende por Centro al “Centro Nacional de Inteligencia y lo integra como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana”.


Establece que la persona titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana determinará la adición o supresión de sustancias químicas que se sujetarán o excluirán del Listado Nacional.


Añade la fracción XII BIS al artículo 3º para agregar a la Agencia Nacional de Aduanas de México como una de las dependencias encargadas de la aplicación de esta Ley.

RGH