Corte da revés a ley Borge; invalida uno de sus artículos

 

Los congresos locales deben respetar la Constitución, determina


Por unanimidad de 11 votos el plenode la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de la fracción sexta del Artículo 3 de la ley local del estado de Quintana Roo, referente a la libertad de expresión.

Este es el resolutivo de la SCJN respecto al primero de los cinco conceptos de invalidez, de que consta la Acción de Inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) a la llamada “ley Borge” del Estado de Quintana Roo, en el recurso de Impugnación número 87 / 2015.

Durante la sesión, los ministros fijaron sus posturas respecto a la falta de competencia de los congresos locales para definir los derechos humanos como se establece en  la Constitución mexicana, pues podrían restringirlos.

”Es un asunto extraordinariamente relevante, no solamente porque tiene que ver con el asunto del periodismo y la libertad de expresión, sino también con la protección a periodistas, un tema extraordinariamente delicado”.

Creo y así lo hemos sostenido en otros asuntos que los estados pueden repetir los derechos humanos que están en la Constitución, pueden ampliarlos y crear otro tipo de derechos, pero no pueden definir o redefinir el contenido de éstos”, advirtió el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Por su parte, el ministro ponente Fernando Franco González Salas, propuso resolver este punto, y modificar el criterio del resto de los criterios para la resolución de la impugnación presentada por la CNDH.

“Consecuentemente, señor presidente yo propongo al pleno si estuvieran de acuerdo en que nos centremos en ese punto, recogería la posición mayoritaria para el proyecto, de que los estados, y lo vuelvo a precisar, no tienen facultades, no tienen competencia, para legislar en materia de definición de los derechos humanos”, expresó el ministro.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación continuará hoy con este asunto, donde analizará la definición de la profesión de periodista que se hace en la ley de Quintana Roo, promovida por el gobernador Roberto Borge Ángulo.

La CNDH presentó un recurso de inconstitucionalidad en contra de la ley por considerar que se violentan el derecho a la información, la libertad de expresión, el derecho a la no discriminación, derecho a la seguridad jurídica y el principio pro persona.