Diputada Yuriri Ayala plantea respeto y no discriminación hacia personas con alguna discapacidad

Yuriri Ayala Zúñiga, presentó iniciativa para modificar artículos del Código Civil de CDMX que transgreden preceptos constitucionales respecto del derecho a la igualdad y no discriminación de las personas que tienen discapacidad
REDACCIÓN Publicado el
Comparte esta nota

La diputada del Grupo Parlamentario de Morena, Yuriri Ayala Zúñiga, presentó una iniciativa para modificar artículos del Código Civil de la Ciudad de México que transgreden preceptos constitucionales respecto del derecho a la igualdad y no discriminación de las personas que tienen alguna discapacidad.

La legisladora señaló que con esta iniciativa se da cumplimiento a una sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el amparo en revisión 1368/2015, en la que consideró la inconstitucionalidad de los artículos 23 y 450, fracción II, del Código Civil local pues transgreden lo que establece el Artículo 1° de la Constitución Política federal, ya que establecen una distinción basada en una categoría sospechosa (discapacidad) violando los derechos humanos a la igualdad y a la no discriminación. 

A juicio del Máximo Tribunal, explicó, la prohibición que se establece hacia personas con alguna discapacidad es una restricción desproporcionada al derecho a la capacidad jurídica y transgrede preceptos establecidos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ya que el propio Artículo 23 establece sin ambigüedad o vaguedad alguna, que las personas incapaces sólo podrán ejercer sus derechos mediante sus representantes, lo que es el más claro ejemplo del modelo de sustitución de la voluntad.

Diputada Yuriri Ayala plantea respeto y no discriminación hacia personas con alguna discapacidad

De esta forma la diputada Ayala Zúñiga propone modificar y ampliar el contenido del Artículo 23, eliminando el ejercicio de la voluntad de la persona con alguna discapacidad, a través de un representante, para establecer que los órganos jurisdiccionales de la Ciudad de México deberán privilegiar medidas de apoyo y salvaguardias para que las personas afectadas por alguna discapacidad puedan decidir, por sí mismas, el ejercicio de sus derechos, medidas que deberán examinarse periódicamente por especialistas que certifiquen su alcance y aplicabilidad.

Respecto al Artículo 450 se plantea  que para establecer la incapacidad, -exceptuando la minoría de edad-, la discapacidad física, sensorial, intelectual, psíquica o mental no será, por sí misma, un impedimento para el ejercicio pleno de los derechos de las personas mayores de edad, quienes gozarán de las garantías a la autonomía y libertad personales, así como a una vida independiente con capacidad y personalidad jurídicas y los órganos jurisdiccionales deberán formular un sistema de apoyos y salvaguardias.

Las y los integrantes de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia serán los encargados de analizar la viabilidad de esta iniciativa. 

Síguenos en Google News para estar al día
Salir de la versión móvil