Marchas son legales aun sin aviso: SCJN

 

El artículo 212 de la Ley de Movilidad es constitucional


Con seis votos a favor y cuatro en contra, el pleno de la Suprema Corte de Justicia para la Nación (SCJN) declaró constitucional el Artículo 212 de la Ley de Movilidad, por lo que se debe cumplir con el requisito de avisar con 48 horas antes sobre manifestaciones en la capital del país.

Sin embargo, también resolvió que no hacerlo no vuelve ilegales las marchas, ni permite a las autoridades disolverlas.

“Este aviso solamente tiene por objeto que la autoridad pueda informar oportunamente al resto de la ciudadanía para que tome las procedencias del caso y así respetar, en la medida de lo posible, los derechos de libre tránsito, seguridad y libertad de ambulatoria”, declaró.

En respuesta, el diputado del PAN en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), José Manuel Delgadillo, dijo que la decisión de la SCJN es lo que ya se necesitaba en la ciudad porque ningún derecho o libertad debe estar por encima de los demás.

Leonel Luna, presidente de la Comisión de Gobierno, celebró la sensibilidad de los ministros para preservar la libre manifestación.

En su oportunidad, Raúl Flores, vicecoordinador del PRD, declaró que no es correcto criminalizar la manifestación.

El morenista, Alfonso Suárez del Real, señaló que lo que se pide es aviso porque en ningún momento se habla de pedir autorización.