Salomón Chertorivski plantea que servicios de salud sean prestados de manera presencial o a distancia, con ayuda de tecnologías

Salomón Chertorivski plantea que servicios de salud sean prestados de manera presencial o a distancia, con ayuda de tecnologías
 

Salomón Chertorivsk planteó que el Sistema Nacional de Salud tenga, entre sus objetivos, promover la investigación, a fin de innovar y desarrollar nuevas tecnologías de la información y comunicación en materia de salud.


El diputado de Movimiento Ciudadano, Salomón Chertorivski Woldenberg, propuso que en la Ley General de Salud quede establecido que los servicios de salud sean prestados de manera presencial o a distancia, en ambos casos con ayuda de tecnologías de la información y comunicación.


Asimismo, planteó que el Sistema Nacional de Salud tenga, entre sus objetivos, promover la investigación, a fin de innovar y desarrollar nuevas tecnologías de la información y comunicación en materia de salud.


El legislador indicó que persona tiene derecho al acceso de servicios de salud a través de uso igualitario de las tecnologías de la información y comunicación, que sean necesarias para recibir dichos servicios, en cualquiera de sus modalidades, mismos que deberán prestarse bajo condiciones de privacidad, seguridad, confidencialidad y eficacia, y sujetos a principios de equidad e inclusión, favoreciendo a los grupos que no están alfabetizados digitalmente.


Manifestó que se deberá dejar constancia del consentimiento informado a través del expediente clínico, mismo que deberá manifestarse por escrito ya sea de manera autógrafa, firma electrónica o por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología.

Salomón Chertorivski plantea que servicios de salud sean prestados de manera presencial o a distancia, con ayuda de tecnologías


Chertorivski Woldenberg dijo que el profesional de la salud responsable de la prestación de servicios de salud a distancia, deberá obtener el consentimiento informado del paciente o, en el caso de menores de edad, de su representante o tutor, e informarle cómo funcionará la prestación de los servicios de salud a distancia, el alcance, los riesgos, los beneficios, las responsabilidades, la privacidad y confidencialidad en el manejo de sus datos personales.


Asimismo, los protocolos de contacto, los procedimientos a seguir en situaciones de emergencia y en caso de fallas técnicas propias de las tecnologías de comunicación y los riesgos de violar la confidencialidad durante las consultas virtuales.


En dicho consentimiento, el paciente manifestará que comprendió la información entregada y que aceptó recibir los servicios de salud a distancia con ayuda de tecnologías de la información y comunicación.


También destaca que es derecho de los usuarios contar con un expediente clínico electrónico, que habrá de cumplir con las reglas que emita la Secretaría de Salud.

El prestador de servicios tiene que almacenar y otorgar acceso al usuario de la información contenida mediante los mecanismos de interoperabilidad que defina la Secretaría.