SCJN concede amparo solicitado por el Sindicato Independiente de Trabajadores de Notimex

SCJN concede amparo solicitado por el Sindicato Independiente de Trabajadores de Notimex Foto: Notimex
SCJN concede amparo solicitado por el Sindicato Independiente de Trabajadores de Notimex Foto: Notimex 

SCJN concede amparo solicitado por el Sindicato Independiente de Trabajadores de Notimex; habrá un representante por sindicato.


Por mayoría de tres votos la Segunda Sala de la Suprema Corte Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo solicitado por el Sindicato Independiente de Trabajadores de Notimex (SiNotimex) con esto uno, de los representantes podrá participar con voz y voto, en las reuniones de la Junta de Gobierno de la Agencia de Noticias del Estado Mexicano, por lo que no prevé la posibilidad de que dos o más agrupaciones sindicalizadas tengan representación, circunstancia que implica que existe una restricción al derecho de representación sindical.

“En aras de garantizar la libertad sindical, existe la posibilidad de que se constituyan sindicatos minoritarios, en este contexto, limitar la representación del gremio laboral a una sola persona no constituye un medio apto o útil para alcanzar el fin buscado, que es la representación de la pluralidad de los trabajadores, puesto que quienes no estén afiliados al sindicato mayoritario que obtuvo la representación pueden ver impedida la defensa de sus derechos laborales”.

La Segunda Sala interpretó el artículo reclamado en el sentido de que habrá un representante de los trabajadores sindicalizados de la Agencia por cada sindicato que esté debidamente constituido.

Por lo anterior, la Sala determinó otorgar la protección constitucional con el efecto de que las autoridades responsables faciliten las medidas necesarias para que el representante designado por el Sindicato Independiente tenga intervención en la Junta de Gobierno.

Se precisó que, al margen del número de trabajadores que sean designados por los sindicatos debidamente constituidos para que formen parte de la Junta de Gobierno, únicamente podrán emitir un voto, correspondiente al derecho que les asiste.