SCJN invalida ampliación de mandato del ministro Arturo Zaldívar

SCJN invalida ampliación de mandato del ministro Arturo Zaldívar *FOTOS SCJN*
SCJN invalida ampliación de mandato del ministro Arturo Zaldívar *FOTOS SCJN* 

SCJN invalida ampliación de mandato del ministro Arturo Zaldívar, presidente del Máximo Tribunal y de Consejeros de la Judicatura Federal.


Por unanimidad de votos al considerar una afectación a principios constitucionales como lo son la “supremacía constitucional”, la “jerarquía normativa”, la “independencia” así como la “autonomía” del los juzgadores y el ámbito de la división de poderes, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este martes el artículo décimo tercero transitorio, del decreto del pasado 7 de junio del año en curso, el cual estableció Reformas a la “Ley Orgánica”, del Poder Judicial de la Federación (PJF) y a la “Ley de la Carrera Judicial” entre otros ordenamientos y en el que se planteaba la extensión del periodo del Ministro Presidente del Alto Tribunal Constitucional.

“La declaratoria de invalidez de esta sentencia surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal”.

Tras una amplia discusión, las Ministras y los Ministros de la Suprema Corte, sostuvieron que dicha ampliación es contraria a los artículos 97 y 100 de la Constitución, los cuales establecen la forma de designación y los plazos de periodo del Presidente de la Suprema Corte y las y los Consejeros de la Judicatura.

El proyecto contra la extensión del mandato para que el Ministro Arturo Zaldívar, permaneciera en el cargo como Presidente de la Corte, fue elaborado por el Ministro José Fernando Franco, quien consideró que dicha ampliación era inconstitucional.

“Los artículos 97 y 100 de la Constitución federal se advierte por una parte que el Pleno de la Suprema Corte es el único facultado para designar a su Presidente, mientras que las Consejeras y Consejeros de la Judicatura Federal son designados, tres de ellos por el Pleno de la Corte, dos por el Senado de la República y uno por el Presidente de la República”

Con esta explicación el Ministro Franco González Salas, señaló que la determinación de los legisladores al pretender ampliar el periodo del Ministro Presidente de la Corte, excedieron de sus facultades.

“Y no obstante de ello en el Artículo Décimo Tercero transitorio impugnado, el Congreso de la Unión (Senadores y Diputados) se arrobó tal facultad”.

El Ministro de 70 años de edad y quien está próximo a terminar su periodo en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, aclaró que en la Constitución se establece que:

“El Presidente del Máximo Tribunal durará en su encargo cuatro años, mientras que las y los Consejeros de la Judicatura duran cinco años de manera escalonada, por lo que el Artículo Décimo Tercero transitorio transgredió de forma evidente esa regla pues, se excedió de los límites temporales, señalados en la Constitución”.

Además, advirtió que en los artículos referidos se prohíbe la “reelección” de los cargos señalados.

“El transitorio impugnado, señala que al ampliar el plazo de los cargos referidos sin fundamento constitucional alguno, prevé una reelección de facto, pues se estaría designando a los mismos cargos a una ampliación del ejercicio de su cargo”.

La SCJN determinó que tales funcionarias y funcionarios deberán dejar los cargos correspondientes conforme al plazo originalmente determinado en el momento de su nombramiento.

Durante la discusión, el Ministro Luis María Aguilar Morales, advirtió que ampliar el mandato del Ministro Zaldívar y el de los Consejeros de la Judicatura Federal:

“Puede generar una ruptura en el equilibrio de poderes y constituye una intromisión indebida del Congreso de la Unión en la forma de organización del Poder Judicial de la Federación, que es un poder autónomo”.

Y agregó:

“Los legisladores como funcionarios públicos que son, están obligados a acatar la Norma Constitucional sin excusa ni pretexto, nada de que es importante hacerlo de otro modo, nada de que es conveniente eludir la Constitución, nada de que ello ayuda a cierta intención política y menos que es conveniente para la República”.

Al fijar su postura, la Ministra Norma Piña Hernández, afirmó que los Tribunales Constitucionales no tienen como misión la de complacer a las fuerzas políticas y la ampliación aprobada por los legisladores fue en desapego a la Constitución.

“El articulo décimo tercero transitorio, atenta radicalmente contra la independencia Judicial y la legitimidad del Poder Judicial de la Federación y de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que representa una gravísima violación a uno de los fundamentos de una Constitución democrática como lo es la nuestra”.

Con esto, el Pleno de la Corte concluyó que la propuesta de los legisladores de ampliar el cargo del Ministro Presidente de la Corte hasta el año 2024, para que coincida con la conclusión del mandato del titular del Poder Ejecutivo Federal, Andrés Manuel López Obrador, quedó nulificado.

Cabe recordar que el Ministro Presidente, Arturo Zaldívar en el mes de agosto pasado rechazó la modificación y advirtió que él concluiría el periodo para el que fue electo hasta el 31 de diciembre de 2022.