Tráfico de especies se debe sancionar como delito penal, no administrativo: Raúl Bolaños Cacho

Tráfico de especies se debe sancionar como delito penal, no administrativo: Raúl Bolaños Cacho
Tráfico de especies se debe sancionar como delito penal, no administrativo: Raúl Bolaños Cacho 

Esto obedece a que actualmente existe una duplicidad de sanciones para el tráfico de especies en nuestro país, una por la Ley General de Vida Silvestre (sanciones administrativas) y otra en el Código Penal (sanciones más severas pero acotadas únicamente a especies específicas o que se encuentran en alguna categoría de riesgo).


Para disuadir el tráfico de animales en México, el senador Raúl Bolaños Cacho Cué presentó una iniciativa de ley que busca que este delito realmente sea sancionado penalmente, sin la posibilidad de argumentar que se trata de una mera infracción administrativa.


De acuerdo con la propuesta, en los hechos los traficantes se escudan en la falta de rigurosidad en la aplicación de las sanciones, pues al ser prevista como infracciones (administrativas), éstos deben seguir un procedimiento administrativo y no penal, logrando –en el mejor de los casos– alguna de las sanciones estipuladas en el artículo 122 de la Ley de la materia.


Esto obedece a que actualmente existe una duplicidad de sanciones para el tráfico de especies en nuestro país, una por la Ley General de Vida Silvestre (sanciones administrativas) y otra en el Código Penal (sanciones más severas pero acotadas únicamente a especies específicas o que se encuentran en alguna categoría de riesgo).

Tráfico de especies se debe sancionar como delito penal, no administrativo: Raúl Bolaños Cacho

Es por ello que con esta propuesta se busca una adecuada vinculación entre la Ley General de Vida Silvestre y el Código Penal Federal a efecto de que no haya duplicidad de sanciones y se establezca de forma clara que el tráfico ilegal de especies es un delito que merece y debe ser castigado en términos de la legislación penal sin posibilidad de argumentar que se trata de una mera infracción administrativa.


“Es necesario homologar la Ley General de Vida Silvestre y el Código Penal Federal, para así establecer que el tráfico es un delito que debe ser sancionado por la vía penal y endurecer las sanciones contra los traficantes de vida silvestre, partiendo de incorporar una definición de tráfico dentro de la legislación ambiental, siguiendo los elementos contemplados por la PROFEPA”.


Aseguró que de esta forma se podrá contar con un mecanismo disuasorio ejemplar que contribuirá a reducir la comisión de este delito y se evite que los delincuentes únicamente sean apercibidos con sanciones que les permitan continuar traficando especies.


Tan soló en 2020, la PROFEPA aseguró más de 15 mil ejemplares de vida silvestre en la Ciudad de México, uno de los mayores decomisos que se tenga registrado por esta procuraduría.

RGH