PJCDMX suspendió labores y términos procesales del 7 de diciembre 2020 al 7 de enero de 2021 por pandemia

PJCDMX suspendió labores y términos procesales del 7 de diciembre 2020 al 7 de enero de 2021
 

De toda guardia que se disponga en el órgano judicial capitalino, indicó el CJCDMX, quedan exentas las personas adultas mayores, diabéticos, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, personas con padecimientos coronarios, enfermedades pulmonares crónicas, cardiovasculares, cáncer o inmunodeficiencias.


Derivado de las actuales condiciones del semáforo epidemiológico en la capital de país, el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (CJCDMX) determinó la suspensión de labores y términos procesales en el Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX) del 7 al 15 de diciembre próximo, reanudando labores el 7 de enero de 2021, salvo pronunciamiento del órgano colegiado en torno a nuevas acciones derivadas de la contingencia.

Mediante el Acuerdo Volante V-47/2020, el órgano de administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial capitalino; estableció que en el periodo de suspensión de labores y de términos procesales operará la Oficina Virtual de la Oficialía de Partes Común Civil, Cuantía Menor, Oralidad, Familiar y Sección Salas del Tribunal Superior de Justicia, en el entendido de que las promociones electrónicas presentadas se acordarán a partir del 7 de enero de 2021.

En aras de velar por el principio de acceso a la justicia y una debida administración de la misma, señaló que, en estricta observancia de las medidas sanitarias decretadas, los órganos jurisdiccionales en materia penal, juezas y jueces del sistema procesal penal acusatorio, incluyendo justicia para adolescentes, así como la Unidad de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso, unidades de gestión judicial, y las especializadas, deberán adoptar guardias necesarias.

Además, ordenó diversas previsiones en el rubro penal y de ejecución de sanciones penales, incluida la vertiente de adolescentes.

Asimismo, estableció los roles de guardia necesarios para atender lo relativo a violencia de género, tanto para jueces en materia penal, familiar y civil, y unidades de gestión judicial, a fin de atender lo dispuesto en la “Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia” y en la “Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México”.

 

 

En materia de oralidad familiar, ordenó llevar a cabo todas las acciones a las que haya lugar para dar continuidad a los procedimientos previamente iniciados en la modalidad en línea y a la celebración de audiencias a distancia.

Respecto al Centro de Convivencia Familiar Supervisada, el CJCDMX dispuso el establecimiento de guardias con el personal estrictamente necesario, a fin de continuar con la operación del sistema electrónico y plataforma digital que permita la realización de convivencias materno o paterno filial por la modalidad de videollamada.

Por lo que hace al Centro de Justicia Alternativa, puntualizó que deberá continuar con la prestación del servicio de mediación y facilitación de manera virtual, según los lineamientos existentes para ello.

Con relación al Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses, se determinó que mantendrá su trabajo en apego a los protocolos de su competencia.

De toda guardia que se disponga en el órgano judicial capitalino, indicó el CJCDMX, quedan exentas las personas adultas mayores, diabéticos, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, personas con padecimientos coronarios, enfermedades pulmonares crónicas, cardiovasculares, cáncer o inmunodeficiencias.

Guillermo Espinosa / @Guiesga