Prisión preventiva para delitos cometidos con arma de fuego de juguete propone diputada de Morena

Prisión preventiva para delitos cometidos de armas de fuego de juguete propone diputada de Morena
 

Es fundamental imponer castigo pues el daño psicológico y moral causado en víctima es el mismo como si se cometiera con un arma de fuego real


Morena en la Cámara de Diputados, impulsa reformas al artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales para castigar con prisión preventiva oficiosa los delitos cometidos con réplicas de armas de fuego, es decir de juguete.


Para ello, la legisladora María Guadalupe Román Ávila, dijo que es fundamental imponer este castigo pues el daño psicológico y moral causado en la víctima es el mismo como si se cometiera con un arma de fuego real.


Por tanto, planteó adicionar un cuarto párrafo al citado artículo con el fin de considerar como medio violento que amerite prisión preventiva oficiosa el empleo de objetos que tengan la apariencia o imiten un arma de fuego o explosivo y que se utilicen para amagar o intimidar a la víctima.


“La utilización de esos objetos trae consigo un medio eficaz para que el delincuente logre su cometido y, además, tenga el conocimiento de actuar con un atenuante al enfrentar la justicia en caso de detención”, añade.


Indicó que si bien las armas réplica no son letales, el efecto que provocan en el momento de cometerse un delito, es el de amenaza e intimidación. Además, los delincuentes quedan en libertad por atenuar su conducta antijurídica, al no haber utilizado un arma de fuego real.

Manifestó que ante la diferencia punitiva que existe en la agravante de utilizar un arma de fuego real, la probabilidad de que el delincuente enfrente una sanción mayor por el delito que cometió es mínima y la prisión preventiva oficiosa es casi imposible que proceda, lo que hace que el infractor o delincuente reincida, añade.

Prisión preventiva para delitos cometidos con arma de fuego de juguete propone diputada de Morena


En la iniciativa, que fue tunada a la Comisión de Justicia para su dictaminación, se destaca que la fabricación de estas armas es una actividad que, si bien se encuentra bajo el amparo de la ley, debe ser regulada con una prolija técnica legislativa, toda vez que produce artefactos que pueden ser utilizados para cometer conductas delictivas y dejar graves secuelas psicológicas en las víctimas, ya que la impresión de amenaza, intimidación y sometimiento, es la misma que la de un arma de fuego real.


Refiere que en el marco jurídico, los juguetes de armas réplica están regulados en la norma oficial mexicana NOM-161- SCFI-2003, “Seguridad al usuario juguetes. Réplicas de armas de fuego. Especificaciones de seguridad y métodos de prueba”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de octubre de 2003, donde se establecen las reglas para la fabricación y comercialización.


Sin embargo, considera que “es necesario reformar el marco legal para que se concientice a los fabricantes a que transformen e innoven en las armas de juguete”.