Esta semana inicia el plazo para la declaración anual

 

Cabe señalar que las personas físicas que obtienen ingresos por salarios de un empleador no están obligadas a presentar la Declaración Anual.


Como cada año, los contribuyentes están obligados a presentar la declaración anual, por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que la fecha para personas físicas es del 1 al 30 de abril.

Las personas obligadas a presentar su declaración anual son aquellas que pertenecen a los siguientes regímenes:

  • Servicios profesionales (honorarios).
  • Actividades empresariales.
  • Plataformas tecnológicas.
  • Arrendamiento.
  • Intereses.
  • Dividendos.
  • Enajenación de bienes.
  • Adquisición de bienes.

Recomendaciones para los contribuyentes

El SAT también dio una serie de recomendaciones para realizar tu declaración anual y presentarla en tiempo en forma

Entre ellas se encuentra SAT ID, que permite generar o renovar la Contraseña y renovar la firma electrónica (e.firma) en caso de tener fecha de vencimiento menor a un año, sin salir de casa o desde cualquier dispositivo con acceso a internet, a través de satid.sat.gob.mx.

Por otro lado, las personas físicas que reciban ingresos por salarios pueden verificar sus recibos a través del Visor de nómina para el trabajador: https://www.sat.gob.mx/declaracion/97720/consulta

Así como las que recibieron ingresos por salarios de dos o más empleadores o si además de salarios obtuvieron ingresos de otra actividad; y aquellas que además de obtener ingresos por salarios, obtienen ingresos por intereses nominales superiores a 20 mil pesos.

En este sentido, para revisar la información precargada en su Declaración Anual, pueden hacer uso del Simulador en: https://www.sat.gob.mx/declaracion

¿Cómo puedo registrar deducciones?

Es importante precisar que las deducciones personales ya están prellenadas en la declaración y corresponden a los gastos realizados el año pasado por los contribuyentes, siempre y cuando hayan solicitado factura y pagado con tarjeta o transacciones electrónicas.

Algunas de ellas son: honorarios médicos, dentales, de psicólogos y nutriólogos, seguro de gastos médicos, así como gastos hospitalarios, donativos, intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación y colegiaturas, entre otras.

Aunque las personas físicas que obtienen ingresos por salarios de un empleador no están obligadas a presentar la Declaración Anual, pueden obtener deducciones personales que pueden resultar en un saldo a favor.

Para mayor información, los contribuyentes pueden consultar el minisitio de Declaración Anual 2021: http://omawww.sat.gob.mx/DeclaracionAnual2021