Transporte de carga debe circular en vías y horarios establecidos: SSC

 

México, 10 Jun (Notimex).- La Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México recuerda que los prestadores del transporte de carga, en cualquiera de sus modalidades, no pueden operar en el perímetro “A” del Centro Histórico en un horario de 7:00 horas a 22:00 horas. De acuerdo con el aviso publicado el 19 […]


México, 10 Jun (Notimex).- La Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México recuerda que los prestadores del transporte de carga, en cualquiera de sus modalidades, no pueden operar en el perímetro “A” del Centro Histórico en un horario de 7:00 horas a 22:00 horas.

De acuerdo con el aviso publicado el 19 de julio de 2008 en la Gaceta Oficial del entonces Distrito Federal, el transporte de carga debe realizarse en vehículos de hasta 3.5 toneladas, y en unidades cuya longitud no sea mayor a 7.5 metros, excepto los vehículos que transportan productos frescos o precederos.

La Dirección General de Operación de Tránsito de la Subsecretaría de Control de Tránsito, se encarga de vigilar el cumplimiento de esa disposición y de mantener liberada la circulación vehicular en la zona.

Y considera las excepciones del aviso y las autorizaciones específicas para la circulación de vehículos de servicio de instituciones públicas que efectúan  maniobras al interior de edificios o transportan mercancías de manejo riesgoso.

Las acciones de tránsito de la SSC se rigen en el actual Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México que señala que los vehículos de carga deben circular en vías y horarios establecidos mediante aviso de la Secretaría de Movilidad, por el carril de la extrema derecha y usar el izquierdo sólo para rebasar o dar vuelta a la izquierda.

También deben realizar maniobras de carga y descarga en lugares seguros, sin afectar o interrumpir el tránsito vehicular, no deben hacer base o estacionar sus  vehículos fuera de un lugar autorizado o de los sitios de encierro o guarde correspondientes.

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NTX/MCR/MCC