Avalan diputados en comisiones, prohibición de terapias de reorientación sexual

 

“Por ignorancia y prejuicios nos están matando; por ello, no podemos permitir estas mal llamadas terapias de conversión”.


Diputados de las comisiones unidas de Justicia, Salud y de Diversidad aprobaron con 56 votos a favor, uno en contra y nueve abstenciones, reformas al Código Penal Federal y la Ley General de Salud para prohibir y sancionar penalmente las terapias de reorientación sexual, conocidas como Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig), por considerarlas crueles, violentas y discriminatorias.

Se aplicarán penas de dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la UMA a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

Aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, personas adultas mayores o personas con alguna discapacidad.

Se establece que en caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima los que incurran en las conductas correctivas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

Asimismo, se precisa que las sanciones aumentarán al doble de la que corresponda, cuando la persona autora tuviere para con la víctima alguna de las relaciones que a continuación se enuncian o bien se sitúen en alguno de los siguientes supuestos: relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; quien se valga de función pública para cometer el delito, y cuando la persona autora emplee violencia física, psicológica o moral en contra de la víctima.

En los casos de relación laboral o función pública, se castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión o cualquiera otro de carácter público o similar, hasta por un tiempo igual a la pena impuesta. Bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito.

Para determinar el daño ocasionado al libre desarrollo de la personalidad de la víctima, se deberán solicitar los dictámenes necesarios para conocer su afectación.

La diputada trans de Morena, Salma Luévano, presidenta de la Comisión de Diversidad, dijo que se trata de un tema de derechos humanos, de vida, de amor y de dignidad. Se debe aprender a respetar y educar, lo que ayuda a quitar estigmas y prejuicios que se van incrementado por la falsa información y falta de respeto. “Por ignorancia y prejuicios nos están matando; por ello, no podemos permitir estas mal llamadas terapias de conversión”.

La priista Frinné Azuara Yarzábal celebró que se quiten esas terapias crueles, violentas y discriminatorias en contra de la comunidad LGBTTTIQ+; que carecen de indicación médica, dado que en 1990 la OMS retiró del catálogo de enfermedades a la homosexualidad, por lo tanto “no existe ni indicación médica ni medicamento para agredir o tratar de modificar a orientación sexual”.

Mariana Mancillas Cabrera, del PAN, pidió respeto a la persona, a su libre decisión y a la dignidad humana; sin embargo, obligar a una terapia de manera violenta, es grave, pero también el obligar a la persona a no tenerla cuando decida hacerlo, es violencia. el dictamen en sus términos no permite a padres ni psicólogos dar un acompañamiento eficaz a las personas que tienen disforia de género. es importante tomar en cuenta esa libertad y permitir que las personas sean las que busquen o no la ayuda.

AGM