Modifican Norma Oficial para protección de usuarios

 

En caso de no respetar lo establecido, el proveedor deberá compensar al consumidor la parte proporcional del precio del servicio que se dejó de prestar.


La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) informó sobre la modificación de la Norma Oficial que regula la información, procedimientos y técnicas que utilizan los proveedores de servicios.

De acuerdo con la información brindada, lo anterior se llevará a cabo con el fin de proteger a los consumidores de las cláusulas abusivas establecidas en los contratos de los prestadores de servicios ya que cuando una personas adquiere un servicio de telecomunicaciones, el proveedor no negocia las cláusulas, pide que se firme el contrato y se apegue a sus condiciones.

Es de saber que la Carta de Derechos Mínimos de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones es el documento con el que el consumidor estará más informado en cuanto a la libertad de elección, portabilidad, términos y condiciones de contratación.

En caso de no respetar lo establecido en la NOM-184-SCFI-2018, el proveedor deberá compensar al consumidor la parte proporcional del precio del servicio que se dejó de prestar.

Asimismo, deberá otorgar al menos el 20 por ciento de bonificación del monto del periodo de afectación en la prestación del servicio contratado.