SCJN aclara la invalidez de las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión

SCJN aclara la invalidez de las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión
 

Después de aprobar la invalidez de la LFRYT, la SCJN debió aclarar que no se regresa al ordenamiento anterior


CIUDAD DE MÉXICO, 30 de Agosto de 2022.- A 24 horas de que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobara por unanimidad de votos, la Invalidez a la totalidad de las reformas de la “Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión” (LFRYT) de 2017” (publicado en el Diario Oficial de la Federación del 31 de Octubre de 2017), por violaciones al proceso legislativo.

El Máximo Tribunal del país, informó este martes que dicha determinación “No Ordena la Reviviscencia del texto anterior de este ordenamiento”, pues no era dable que la Corte, aun ante el vacío normativo generado con la invalidez, decretara este efecto, al advertirse claramente la intención del legislador federal de abandonar el modelo previo y no corresponder a este Tribunal sustituirse en esta voluntad.

“En este sentido, la decisión de la Corte no tuvo como efecto la reviviscencia de la legislación anterior, por lo cual el vacío normativo deberá ser colmado por el Congreso de la Unión, a través de la emisión de nuevas disposiciones en la materia”.

Finalmente, la Suprema Corte señaló que la declaración de invalidez de una norma general puede en ocasiones provocar un vacío legislativo; empero, esto no tiene como consecuencia, en automático, la reviviscencia de la norma anterior, a menos que la Corte lo ordene de forma expresa, en uso de su amplia facultad para determinar los efectos de una sentencia estimatoria; como ha sucedido, sobre todo, en asuntos electorales, en los que se ha decretado expresamente este efecto, dada la proximidad de los procesos y con objeto de evitar un mayor perjuicio.