SCJN invalidó todas reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión de 2017

SCJN invalidó todas reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión de 2017
 

Un elemento importante para invalidar la Ley Federal de Radio y Televisión fue la falta de consulta a comunidades indígenas y afromexicanas


CIUDAD DE MÉXICO, 29 de Agosto de 2022.- Debido a que durante su discusión y aprobación legisladores del Senado de la República, incurrieron en diversas violaciones al proceso legislativo, por unanimidad de votos el Pleno de Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidaron en su totalidad, las Reformas a la “Ley Federal de Radio y Televisión (LFRYT) de 2017”.

El proyecto realizado por la ponencia del Ministro, Alberto Pérez Dayán, destaca que para el dictamen de dicha iniciativa “No se convocó” a todos los integrantes de las comisiones legislativas involucradas y que la propuesta final no se hizo llegar a la totalidad de los integrantes del pleno durante las 24 horas anteriores a su votación, y dicho proyecto fue incluido de último momento a la lista de asunto a resolver.

Durante la discusión del pleno, Pérez Dayán, dijo que ordenar la incorporación inmediata y discusión ante el pleno del Senado de la República durante una tarde, acomodado de último momento y sin haber dejado transcurrir las 24 horas para conocimiento del dictamen, y adicionado qué se dispensó su lectura:

“Pueden mostrar que con todo ello se afecta la calidad democrática que debe llevar toda discusión cuando se trata de aprobar leyes”.

“Se puede advertir que se violaron las normas procedimentales que rigen los trabajos legislativos”

Además las y los Ministros, coincidieron en que se afectó directamente a las comunidades indígenas ya que dichas reformas a la LFRYT, debieron ser sometidas a la consulta de las poblaciones indígenas, lo que no se cumplió

En esa referencia la Ministra Loretta Ortíz Ahlf, vía remota, señaló que el legislador tuvo que realizar una consulta previa tanto a pueblos y comunidades indígenas y afrodescendientes y personas con discapacidad.

“A mi consideración el simple hecho de que no se haya realizado dicha consulta, es suficiente para declarar la invalidez, del sistema normativo impugnado”.

La Ministra Yasmín Esquivel, propuso que después de valorar las omisiones, en su conjunto se deben de invalidar las reformas señaladas, y que el Congreso de la Unión en uso de sus competencias constitucionales legisle de nueva cuenta sobre los “Derechos de las audiencias”.

“Con pleno respeto en el ejercicio de la libertad de expresión de quienes comunican sus ideas en las radiodifusoras y televisoras del país, tomando en cuenta que este tribunal pleno no le impone al Poder Legislativo federales directrices ni lineamiento alguno”.

En su turno el Ministro Presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, se pronunció a favor del proyecto por las evidentes violaciones al proceso legislativo, y reconoció que se debe respetar la autonomía del Poder Legislativo, pero señaló existen casos en que las violaciones son de tal magnitud o que los procedimientos están tan “desaseados”, que deben de conducir a la invalidez del producto legislativo, por impactar la calidad democrática, de la decisión tomada.2

“En este caso en concreto advierto que hay violaciones graves, que afectan y trastocan los atributos democráticos, dado que no se respetó el derecho de participación, de todas las fuerzas políticas con representación democrática, en condiciones de libertad e igualdad al haberse violado los cauces tanto en las comisiones como en el Pleno, que permitan a las mayorías y minorías parlamentarias expresar y defender su opinión”

Una vez que las y los Ministros del Pleno de la Corte, deliberaron y decidieron por unanimidad la invalidez la “Ley Federal de Radio y Televisión (LFRYT) de 2017”, la misma tendrá efecto una vez que la SCJN notifique al Congreso de la Unión, por lo que los Legisladores de ambas cámaras, deberán emitir una Nueva Reforma a la Ley, para ello, el máximo tribunal no fijo ningún plazo.