Adán Augusto López Hernández criticó que el Artículo 33, principalmente su párrafo segundo, “ha sido una herramienta que ha sido utilizada con total discrecionalidad para coartar la libertad de expresión o de manifestación de las personas extranjeras que se encuentran en territorio nacional”. Exponiendo que Peña Nieto expulsó a cuatro extranjeros y Felipe Calderón Hinojosa a 17 más.
“Estas expulsiones ya no tienen ninguna vigencia, ya sea porque ganaron el amparo o porque prescribieron, y no tienen los ciudadanos extranjero ninguna restricción para ingresar al país”, dijo. Agregando que el Gobierno de López Obrador ha recibido solicitudes de expulsión contra una cantante española-mexicana y contra sacerdotes extranjeros, desestimando ambos casos.
Durante el sexenio de Calderón, entre 2006 y 2012, se aplicó el Artículo 33 constitucional a:
¿A cuántos extranjeros expulsaron de México Felipe Calderón y EPN?
-Manu Chao, cantante francés-español, por criticar los actos de represión en San Salvador Atenco
-Valentina Cortés Torrida y Cristina Valls Hernández, ciudadanas españolas, por opinar sobre la represión contra el Frente en Defensa de la Tierra en Texcoco y San Salvador Atenco
-Mario Alberto Aguirre, ciudadano chileno, por ser detenido en los disturbios de San Salvador Atenco con policías municipales, estatales y federales
-Samantha Vietmar, ciudadana alemana, por promover el documental “La Otra Campaña” del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN)
-María Sostrés, activista española, por participar en movimientos agrarios, indígenas y prozapatistas
-Valentina Palma Novo, ciudadana chilena, por criticar la falta de cumplimiento de la agenda agrarista prometida por Calderón en campaña
-Edgar Molina Gallego, ciudadano colombiano, por denuncias anónimas sobre su supuesto apoyo a movimientos anarquistas en la frontera sur
-Stephen Compton, ciudadano australiano, por realizar actividades políticas. En 2009 ganó un juicio por daño moral y fue indemnizado con dos millones de pesos
-Leonilda Zurita Vergas, política boliviana, por opinar públicamente sobre las relaciones diplomática entre México y simpatizantes del Movimiento al Socialismo (MAS)
-Asier Altuna y Floren Aoiz, políticos españoles, por promover la cumbre del Foro de Sao Paulo en la Ciudad de México
-Miguel Ángel Beltrán Villegas, guerrillero colombiano, por buscar financiamiento para las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC)
Mientras que, durante el sexenio de Peña entre 2012 y 2018, se aplicó el Artículo 33 a:
-Kim Hyong Gil, embajador norcoreano, por manifestar su apoyo a las pruebas nucleares realizadas en su país
-Juan Jesús Narváez Goní e Iciar Alberdi Uranga, terroristas españoles-vascos, por haber sido miembros de Euskadi Ta Askatasuna (ETA) y cometer asesinatos y sabotajes en los 80 y 90
-Alfredo Bonnano, investigador italiano, por promover actos en favor supuestos movimientos anarquistas en la Universidad Nacional Autónoma de México.
RGH