Aprueban senadores dictamen para reducir desnutrición en zonas indígenas y afromexicanas

Aprueban senadores dictamen para reducir desnutrición en zonas indígenas y afromexicanas
 

Las y los senadores coincidieron en que el ejercicio de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, en especial el respeto de sus usos, costumbres y tradiciones, no puede significar la flagrante violación de derechos de este grupo poblacional.


Los senadores integrantes de la Comisión de Asuntos Indígenas manifestaron que la pérdida de una sola vida por desnutrición debe considerase una tragedia humana, porque en pleno Siglo XXI es imperdonable que haya personas que pierdan la vida por la falta de comida y nutrientes suficientes.


Coincidieron que, debido a su alta vulnerabilidad y pobreza estructural, los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas son más susceptibles de sufrir los estragos de este trastorno nutricional.


Además, indicaron que en diversas entidades del país hay casos de desnutrición severa: en Chiapas se registraron 137; en Durango, 137; Chihuahua, 241; Ciudad de México, 228; Guerrero, 171; Jalisco, 278; Estado de México, 356; Michoacán, 126; Oaxaca, 152; Puebla, 185; San Luis Potosí, 208; Tamaulipas, 121; y Veracruz, 226 casos.


Ante esa situación, avalaron un dictamen para solicitar al titular del Ejecutivo federal, a diversas dependencias y a los 32 gobiernos estatales, que pongan en marcha programas para prevenir y atender los casos de desnutrición en el país, en especial, en población indígena y afromexicana.


En la reunión también se aprobó un dictamen para que el Senado se pronuncie en contra de toda clase de violencia sexual infantil, incluyendo los matrimonios forzados de niñas, niños y adolescentes en pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.


Señalaron que estas acciones violan los derechos humanos de la niñez y de la adolescencia, protegidos por la Constitución, así como por diversos tratados internacionales signados por el Estado mexicano.


Las y los senadores coincidieron en que el ejercicio de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, en especial el respeto de sus usos, costumbres y tradiciones, no puede significar la flagrante violación de derechos de este grupo poblacional.