Los servidores públicos electos popularmente o sujetos a ratificación de alguna de las cámaras del Congreso de la Unión, serán sancionados hasta con 18 años y seis meses de prisión, cuando cometan los delitos de enriquecimiento ilícito y los llamados “moches”.
También, los particulares en su carácter de contratistas, permisionarios, asignatarios, titular de una concesión de prestación de un servicio público de explotación, aprovechamiento o uso de bienes del dominio de la Federación, que oculten o falseen información con el propósito de obtener un beneficio para sí o para un tercero, serán castigados hasta con 12 años de cárcel.
Estas penas forman parte de las reformas al Código Penal Federal en Materia de Combate a la Corrupción, que el Senado aprobó esta noche-madrugada.
Al cierre de esta edición, continuaba la discusión de los demás ordenamientos que reglamentarán al SNA.