Avanza en San Lázaro reformas a la Ley sobre Delitos de Imprenta; se duplican multas por injurias al presidente de la República

Avanza en San Lázaro reformas a la Ley sobre Delitos de Imprenta; se duplican multas por injurias al presidente de la República
Avanza en San Lázaro reformas a la Ley sobre Delitos de Imprenta; se duplican multas por injurias al presidente de la República 

La Cámara de Diputados, a propuesta del grupo parlamentario de Morena, aprobó un dictamen para actualizar las multas en la Ley sobre Delitos de Imprenta


La Comisión de Gobernación y Población de la Cámara de Diputados, a propuesta del grupo parlamentario de Morena, aprobó un dictamen para actualizar las multas en la Ley sobre Delitos de Imprenta.


Con 22 votos a favor y 9 en contra se avalaron cambios al artículo 33, se propone sancionar las injurias al presidente de la República en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, con multa que va de cinco a 40 UMA; asimismo, se contempla el castigo para quienes cometan ataques contra el orden y la paz pública, que se va de 515 pesos a cuatro mil 150 pesos.


En la iniciativa promovida por la legisladora morenista Bennelly Hernández Ruedas, se establece que se aplicará la misma sanción para las ofensas a un magistrado de la Suprema Corte, magistrado de circuito o del Distrito Federal o de los estados, juez de distrito o del orden común ya sea del Distrito Federal, de los territorios o de los estados, a un individuo del Poder Legislativo federal o de los estados, o a un general o coronel, en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, o contra cualquier otro cuerpo público colegiado distinto de los mencionados en las fracciones anteriores ya sean de la Federación o de los Estados.


También, se castigarán con la misma multa los casos de injurias a naciones amigas, a los jefes de ellas o sus representantes acreditados en el país.

Avanza en San Lázaro reformas a la Ley sobre Delitos de Imprenta; se duplican multas por injurias al presidente de la República


En tanto, las cometidas contra secretarios del despacho, al fiscal general de la República o directores de departamentos federales, gobernadores, titular de la jefatura del gobierno de la Ciudad de México, en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, o a los tribunales o legislaturas, la pena irá de cinco a 10 veces la UMA.


Los mismos montos se aplicarán a las injurias al que mande la fuerza pública, a uno de sus agentes o de la autoridad, o a cualquiera otra persona que tenga carácter público y no sea de los mencionadas en las cuatro fracciones anteriores, en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas.

RGH