Defiende Olga Sánchez Cordero derechos de personas con discapacidad intelectual, mental o psicosocial

Defiende Olga Sánchez Cordero derechos de personas con discapacidad intelectual, mental o psicosocial
 

Sánchez Cordero considera que la pieza clave para la independencia en la vida adulta se encuentra en el área laboral: “Por la concepción que existe de la discapacidad como una condición estática, se han visto afectadas las oportunidades de las personas con discapacidad intelectual para trabajar”.


Defender los derechos de igualdad, inclusión social y no discriminación de las personas con discapacidad intelectual, mental o psicosocial, es el propósito de la iniciativa que presentó la senadora Olga Sánchez Cordero, quien subrayó que de esta manera se garantiza la capacidad jurídica con acompañamiento diferenciado.


La propuesta de reformas al Código Civil y a la Ley para la Inclusión obliga a las personas juzgadoras, fedatarias públicas y autoridades a usar un lenguaje claro y comprensible, con el propósito de hacer viable el ejercicio de los derechos de la persona con discapacidad.


A través de su cuenta de Twitter, la también presidenta de la Mesa Directiva del Senado de la República señala que la iniciativa considera la realización de exámenes cada cinco años, a fin de observar los casos de mejora, reparar posibles errores en el diagnóstico y garantizar que las personas con discapacidad tomen decisiones sobre actos jurídicos de interés y sobre su proyecto de vida.


Refiere que mejorar los procesos de evaluación de capacidades para determinar el grado de discapacidad de las personas y distinguir, en cada caso, las posibilidades de autonomía y niveles de responsabilidades, así como las salvaguardas y acompañamiento de terceras personas para su cuidado.


La iniciativa con proyecto de decreto reforma y adiciona los artículos 450, 537 y 635 del Código Civil Federal, y se adiciona la fracción IV al artículo 2 de la Ley General para la Inclusión de Personas con Discapacidad, en materia de autonomía diferenciada de las personas con discapacidad mental o intelectual.


En su exposición de motivos, la legisladora por Morena establece que en las últimas décadas México ha tenido reformas legislativas orientadas a promover la inclusión y mejorar las condiciones de vida de diversos grupos sociales que históricamente han sido marginados o excluidos en el diseño y planeación de políticas públicas; sin embargo, no ha sido suficiente.


Refiere que, de conformidad con el censo 2020 del INEGI, 20 millones 838 mil 108 personas tienen discapacidad, que corresponde a aproximadamente al 16.5% de la población.


Dentro de este grupo de personas con discapacidad, 13 millones 934 mil 448 dijeron tener alguna limitación para realizar actividades “cotidianas”; es decir, caminar, ver, comunicarse, autocuidado y, recordar, entre otras, mientras que 0.6% (723 mil 770 personas) tienen un discapacidad o condición mental.

Defiende Olga Sánchez Cordero derechos de personas con discapacidad intelectual, mental o psicosocial


Sánchez Cordero considera que la pieza clave para la independencia en la vida adulta se encuentra en el área laboral: “Por la concepción que existe de la discapacidad como una condición estática, se han visto afectadas las oportunidades de las personas con discapacidad intelectual para trabajar”.


Esta iniciativa pretende adecuar el marco normativo a los acuerdos internacionales que México ha signado y con ello busca visibilizar la necesidad de regular la capacidad jurídica diferenciada de las personas con discapacidad intelectual, mental y psicosocial.


En sus conclusiones, la senadora precisa que lo que se busca la iniciativa es que tanto la tutela, como la capacidad jurídica sea diferenciada y graduada al caso concreto de quien requiere de un tutor, tutriz, curador, curatriz o de una tercera persona, quienes siempre atenderán la voluntad de la persona con discapacidad.


Además, dependiendo que el caso requiera, auxiliarán a la persona con discapacidad para que comprenda el acto jurídico que celebrará. Solamente en casos excepcionales, se podrá declarar a una persona en estado de interdicción.