Diputados endurecen cárcel y sanciones económicas contra tala ilegal

 

Se incrementará a 16 años cuando las materias primas forestales o productos forestales maderables provengan de un área natural protegida.


La Cámara de Diputados aprobó una iniciativa de reformas al Código Penal Federal en materia de tala ilegal, propuesta por el Ejecutivo Federal, con el fin de desincentivar este delito por parte de la delincuencia organizada y el comercio ilegal.

Con 452 votos a favor, 26 en contra y una abstención se determinó endurecer las penas cancelarias y económicas en contra de quienes incurran en este delito, las cuales irán desde los seis meses hasta los 16 años de prisión.

Se destaca en la iniciativa que la Comisión Nacional Forestal estima en un 8 por ciento la deforestación ilegal en México, que al año equivale a 16 mil 640 hectáreas, con un valor que se calcula entre 41 mil y 97 mil millones de pesos y la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente ha identificado 122 zonas críticas forestales.

Por ello, se castigará con seis meses a nueve años de prisión y multa de 100 a tres mil veces el valor diario de UMAs al que desmonte o destruya la vegetación forestal o cambie el uso del suelo forestal sin autorización previa; Plantea que la pena de prisión llegue hasta 13 años y la multa a cinco mil UMAs cuando se dañe un área natural protegida.

Destaca que la utilización de armas de fuego o medios violentos para obtener un lucro o beneficio económico, será sancionado con cárcel de tres a 12 años y multa de 500 a cinco mil veces el valor diario de la UMA.

Propone que a quien, sin que exista actos administrativos que le autorice o no cuente con la documentación que acredite la legal procedencia, transporte, comercio, enajene, distribuya, suministre acopie compre reciba, adquiera, almacene, resguarde, posea, o transforme materias primas forestales o productos forestales maderables:

Se le impongan de dos a cinco años de cárcel y multa de 500 a tres mil veces el valor diario de la UMA cuando el volumen no exceda de dos metros cúbicos y cuando sea superior se le impondrá de seis a 12 años de prisión y multa de cinco mil a cinco mil veces el valor de la UMA.

Se incrementará a 16 años cuando las materias primas forestales o productos forestales maderables provengan de un área natural protegida.

Se aplicarán las mismas sanciones a quien adquiera, posea, custodie o reciba por cualquier motivo, madera en rollo, astillas, carbón vegetal, así como cualquier otro recurso forestal maderable.

No se aplicarán sanciones cuando esas actividades sean para uso doméstico dentro de la comunidad rural, indígena o afromexicana a la que se pertenezca ya que, indica, según el Censo de Población y Vivienda 2020, más de cuatro millones de viviendas utilizan leña o carbón que se extraen de distintas zonas ecológicas del país para cocinar

El panista Héctor Saúl Téllez Hernández, del PAN, informó que se han identificado 122 zonas críticas, en donde hay tala clandestina, lavado y venta ilegal de madera, cambios de uso de suelo, incendios provocados y presencia del crimen organizado, esto de acuerdo con datos presentados por la propia Secretaría del Medio Ambiente.

Dijo que desde que arrancó Sembrando Vida, en febrero de 2019, se reportó que para poder entrar al programa, algunos sembradores talaban los árboles de sus acahuales, como se conoce a los terrenos que en algún momento se usaron para la agricultura o la ganadería, pero que ahora tienen bosques o selvas en recuperación.
Indicó que en 2019, como consecuencia de Sembrando Vida, se perdieron 73 mil hectáreas de cobertura forestal.

KJ