Senado acepta recomendación de CNDH para legislar en materia de derechos de población trans

Senado acepta recomendación de CNDH para legislar en materia de derechos de población trans
Senado acepta recomendación de CNDH para legislar en materia de derechos de población trans 

Solicitan a la Presidencia de la CNDH una prórroga para el desahogo de las etapas del procedimiento legislativo en materia de derechos de población trans


El Senado de la República aceptó la Recomendación 42/2024, emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la cual busca que el Congreso de la Unión legisle en materia de derechos de la población trans.


La CNDH establece que, en término de dos meses, contados a partir de la aceptación de la Recomendación, las Comisiones de Derechos Humanos de las Cámaras de Diputados y de Senadores deberán generar acciones tendentes a impulsar una reforma al párrafo quinto, del artículo 1 de la Constitución Política, para que se incluya la identidad de género como una categoría sospechosa de discriminación.


De este modo, en el acuerdo de la Mesa Directiva, aprobado por la Asamblea, los senadores precisaron que, al tratarse de un procedimiento legislativo donde se requiere alcanzar consensos y acuerdos políticos necesarios, resulta necesario que la CNDH otorgue un plazo más amplio para estar en condiciones de cumplir debidamente su Recomendación.


Por ello, se indicó que no resulta posible desarrollar el procedimiento legislativo en un plazo de dos meses, como recomienda la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por lo que solicitaron a la Presidencia de ese órgano constitucional otorgue una prórroga razonable para la generación de los acuerdos necesarios, así como para el desahogo de las etapas del procedimiento respectivo.


De igual forma, la CNDH solicita que en el mismo tiempo las Cámaras generen acciones tendentes para impulsar la reforma al artículo 73 de la Carta Magna, a efecto de que el Congreso de la Unión cuente con facultades para legislar en materia de derechos de la población trans.


En el documento se plantea que, una vez materializadas las citadas reformas constitucionales, se dictamine, discuta y, en su caso, se apruebe una iniciativa de Ley General Trans.

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También se recomienda que las y los legisladores generen acciones para impulsar una reforma al Código Penal Federal, a fin de considerar a la identidad de género como un agravante de delito de feminicidio.


La CNDH pide que se designe a una persona servidora pública de alto nivel de decisión, para que funja como enlace con la Comisión Nacional, a fin de dar seguimiento al cumplimiento de la Recomendación.


Se designó a la senadora Olga Sánchez Cordero, presidenta de la Comisión de Justicia, como enlace con la CNDH, a efecto de dar seguimiento al cumplimiento a la Recomendación.


En dicho acuerdo se exhortó a las y los senadores de la República a presentar las iniciativas que consideren pertinentes, con la finalidad de poder estar en condiciones de cumplir con la Recomendación 42/2024.


En los considerandos del documento, se refiere que el 1 de febrero de 2024, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos recibió escrito de queja por medio del cual se informó que en los primeros 30 días del presente año, se registraron al menos seis asesinatos de mujeres transexuales en el país, por lo que era necesario que se reconociera el transfeminicidio como delito en el Código Penal Federal.


En la misma fecha, la Comisión también recibió un segundo escrito de queja en el que se manifestó que actualmente existen impedimentos que invisibilizan los derechos de la población transexual, como lo es la falta de armonización legislativa, lo que repercute en esferas como son la salud, el trabajo, la vivienda y el acceso a la justicia.


Derivado de lo anterior, la CNDH inició el expediente CNDH/1/2024/1872/Q, relacionado con el caso de la población trans en México, dentro del cual se señaló como autoridad responsable, entre otras, al Senado de la República.


El 29 de febrero de 2024, la CNDH emitió la Recomendación 42/2024, sobre el caso de violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la educación, al trabajo, a la identidad de género, a la igualdad y no discriminación, a la vivienda, a la cultura y al acceso a la justicia en agravio de la población trans, por la falta de armonización legislativa a nivel constitucional.

RGH