Diputado busca acabar con abusos al otorgar poderes a terceros

 

Se comprometió en ayudar a las personas que sean estafadas por terceros y a quienes, el apoderado legal, haya lucrado con su voluntad.


El diputado Ricardo Rubio Torres presentó una iniciativa para acabar con aquellos que abusan de los poderes legales que se les otorga para un fin único, pero desvirtúan los objetivos de manera abusiva para fines económicos.

Destacó que esta legislación pretende aclarar el beneficio de los ciudadanos que, cuando ellos den un poder para algún acto jurídico que necesiten, ese poder sea para el motivo que lo dieron y no sea interpretado para otra cosa.

“Por ejemplo, cuando una persona pide a otra que en su nombre o representación, venda un carro, este no sea estafado por el tercero que recibió el poder”, explicó el panista.

Añadió que el PAN trabaja para acabar con los fraudes que se llegan a dar en este tipo de procesos jurídicos, donde varias familias se quejan en los tribunales.

Rubio se comprometió en ayudar a las personas que sean estafadas por terceros y a quienes, el apoderado legal, haya lucrado con su voluntad.

El legislador precisó que la propuesta de reforma se centra en dejar en claro en el código, que dichos poderes no tienen ninguna jerarquía legal ni gradación entre ellos.

“Muchas veces se ha querido entablar un ambiguo debate jurídico argumentando el principio general del derecho de que ‘quien puede lo más, puede lo menos’, que si puedes enajenar un bien, igualmente deberías de tener las facultades de poderlo administrar, sin embargo no es así, pues si así fuera, el mandatario lo habría estipulado expresamente”, añadió.

El también integrante de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, precisó que su iniciativa encuentra sustento y fundamento en la tesis de jurisprudencia 19/2018 de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“Las y los ministros determinaron precisamente que no existe una gradación o jerarquía entre los 3 poderes generales existentes, y por ello como indicaron los máximos jueces de nuestro país, no puede inferirse a manera de presunciones, una extensión sobre el tipo de poder otorgado, máxime porque no se trata de actividades análogas, de forma que quien administra, no realiza una labor similar a quien controvierte actos y cobra, o a quien enajena, por lo que no podría entenderse que uno incluye al otro”, sentenció.

KJ