Ley de la Industria Eléctrica fortalece a CFE: Vocero Presidencial

Ley de la Industria Eléctrica fortalece a CFE: Vocero Presidencial
 

Este martes, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica.


Jesús Ramírez Cuevas, coordinador general de Comunicación Social y vocero de la Presidencia de la República, señaló que con la publicación de las reformas a Ley de la Industria Eléctrica se fortalece la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en beneficio de los mexicanos.

Aseveró que al consolidarse la industria eléctrica es motor de la economía nacional.

Este martes, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica.

Mañana entra en vigor el decreto.

En su cuenta de Twitter, el vocero presidencial escribió:

“Se publicó en el @DOF_SEGOB el decreto por el que se reforma y adiciona la Ley de la Industria Eléctrica. Avanzamos en la defensa de la soberanía energética y se fortalece la CFE en beneficio de los mexicanos, consolidando la industria eléctrica como motor de la economía nacional”.

De acuerdo al decreto publicado en el DOF, la Secretaría de Energía, la Comisión Reguladora de Energía y el Centro Nacional de Control de Energía tendrá un plazo máximo de 180 días naturales desde su entrada en vigor para realizar las modificaciones que sean necesarias a todos los acuerdos, resoluciones, lineamientos, políticas, criterios, manuales y demás instrumentos regulatorios expedidos en materia de energía eléctrica, con el fin de alinearlos.

“Los permisos de autoabastecimiento, con sus modificaciones respectivas, otorgados o tramitados al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, que continúen surtiendo sus efectos jurídicos, obtenidos en fraude a la ley, deberán ser revocados por la Comisión Reguladora de Energía mediante el procedimiento administrativo correspondiente. En su caso, los permisionarios podrán tramitar un permiso de generación, conforme a lo previsto en la Ley de la Industria Eléctrica”, se indica.

 

 

 

“Los Contratos de Compromiso de Capacidad de Generación de Energía Eléctrica y Compraventa de Energía Eléctrica suscritos con productores independientes de energía al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, deberán ser revisados a fin de garantizar su legalidad y el cumplimiento del requisito de rentabilidad para el Gobierno Federal establecido en los artículos 74, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 32 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 18 de la Ley Federal de Deuda Pública. En su caso, dichos contratos deberán ser renegociados o terminados en forma anticipada”, se establece.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5613245&fecha=09/03/2021