Juan José Jiménez propone coordinación entre los tres niveles de gobierno, por Covid-19

Juan José Jiménez Foto: Internet
Juan José Jiménez Foto: Internet 

La propuesta fue presentada ante la Mesa Directiva del Senado de la República.


Ante la falta de coordinación que algunos gobiernos estatales han tenido con relación a las directrices que ha marcado la Federación por la contingencia de salud, el senador Juan José Jiménez presentó una iniciativa de reforma a los artículos 29 y 117 de la Carta magna.

La propuesta presentada ante la Mesa Directiva del Senado de la República tiene la finalidad para que el Ejecutivo federal determine las directrices generales que la Federación, estados y municipios deberán de atender en casos de contingencias sanitarias, por desastres naturales, entre otras.

El legislador por Querétaro señaló que el tema de la pandemia es un caso de emergencia nacional y como tal debe de ser tratado, “es por tal motivo que propongo una reforma constitucional a los artículos 29 y 117, cuyo espíritu es que los tres niveles de gobierno guarden una coordinación durante las catástrofes naturales, contingencias sanitarias o de cualquier índole, a fin de que haya una sola estrategia general, como ocurre en gran parte de los países”.

Juan José Jiménez resaltó que el artículo 29 establece que “en los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el Presidente, con la aprobación del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente, podrá restringir o suspender en todo el país o en lugar determinado el ejercicio de los derechos y las garantías, pero deberá hacerlo por un tiempo limitado, por medio de prevenciones generales y sin que la restricción o suspensión se contraiga a determinada persona”.

En dicho artículo, el senador propone la adición de un párrafo que a letra dice: “…asimismo, en casos de emergencia decretados por catástrofes naturales, contingencias sanitarias o de cualquier índole, el Ejecutivo federal determinará las directrices generales que deberán ser observadas por los poderes de la Unión, los poderes de los estados, así como por los municipios, lo anterior sin perjuicio de las disposiciones señaladas en el Artículo 73, fracción XVI de esta Constitución. Este último relacionado con el Consejo de Salubridad General”.

Por su parte, en el artículo 117 se propone la adición de una Fracción X para que quede prohibido que los estados puedan “ejecutar actividades de los poderes locales (ejecutivo, legislativo y judicial) que inhiban el cumplimiento de las medidas de coordinación y colaboración dictadas por el Titular del Poder Ejecutivo previstas en el Artículo 29 de esta Constitución”.

Jiménez Yáñez lamentó que en esta contingencia sanitaria por el Covid-19 algunos estados tomaron decisiones distintas a las recomendadas por la Federación, repercutiendo en problemas económicos y psico-sociales de los habitantes.