Prisión preventiva oficiosa no muestra efectividad

Prisión preventiva oficiosa no muestra efectividad
 

Aunque el artículo 20 constitucional señala que la prisión preventiva en ningún caso será mayor a dos años, en la práctica ocurre algo muy diferente, considera el legislador de Morena.


La prisión preventiva oficiosa, como la medida cautelar más drástica, tiene límites constitucionales que deben ser cumplidos para salvaguardar los derechos de las personas procesadas, señala el senador Ricardo Monreal Ávila.


Aunque el artículo 20 constitucional señala que la prisión preventiva en ningún caso será mayor a dos años, en la práctica ocurre algo muy diferente, considera el legislador de Morena.


El Inegi señala que en 2021 el 27.8 por ciento de las personas recluidas a nivel nacional no tenían una sentencia dictada, haciendo especial énfasis en entidades federativas como Oaxaca (un 49 por ciento), Chiapas (un 52.4 por ciento) y Tlaxcala (un 68.7 por ciento). Además, el 23.9 por ciento de la población ya sentenciada pasó más de dos años en prisión preventiva, mismo caso del 39.2 por ciento de quienes actualmente viven su proceso penal en privación de libertad.


En tanto, un estudio de la Dirección General de Difusión y Publicaciones del Instituto Belisario Domínguez (IBD) refiere que, a tres años de la implementación de la prisión preventiva oficiosa con la ampliación de su aplicación de oficio, la población en los centros penitenciarios del país ha incrementado 13 por ciento.


Detalla que, aunque en los últimos dos años ha crecido el número de personas encarceladas en México, no existe evidencia de que la prisión preventiva oficiosa sea una medida efectiva para disminuir la incidencia delictiva.


Además, viola derechos humanos como la presunción de inocencia y el debido proceso, de acuerdo con los criterios más recientes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Suprema Corte de Justicia de nuestro país, precisa el investigador César Alejandro Giles Navarro en un documento titulado “Prisión preventiva oficiosa: primeros resultados a tres años de su implementación”.


El estudio del IBD del Senado de la República, precisa que esta medida tampoco ha demostrado su efectividad para disminuir la incidencia delictiva.


Giles Navarro sostiene que, desde sus orígenes, la prisión preventiva oficiosa ha mostrado poca efectividad para contener la criminalidad.


Hasta agosto pasado, había más de 229 mil personas recluidas en los centros penitenciarios del país, lo que significó un aumento del 13% respecto al año 2020.

Prisión preventiva oficiosa no muestra efectividad


Abuso sexual, feminicidios, delitos electorales y desapariciones forzadas aumentaron, a pesar de haber sido incluidos en el catálogo de delitos en los que aplica la prisión preventiva oficiosa.


Desde sus orígenes, la prisión preventiva oficiosa ha mostrado poca efectividad para contener la criminalidad, pues desde el año 2008 esta medida aplica para los delitos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación y secuestro, entre otros que, lejos de disminuir, aumentaron en el contexto de la crisis de violencia e inseguridad que aqueja al país.


El estudio apunta que, entre 2020 y 2021 -como consecuencia de la reforma constitucional que amplió la aplicación de la prisión preventiva de oficio- aumentó el número de personas presas acusadas de cometer los delitos que se incorporaron en el artículo 19 constitucional.


Sin embargo, esto no impidió que algunos de estos delitos siguieran aumentando. Por ejemplo, los feminicidios aumentaron un 3.2%, el abuso sexual un 23%, la desaparición forzada un 13% y los delitos electorales lo hicieron en un 557% (en el marco del proceso electoral del año pasado).


En contraparte, de acuerdo con el análisis del IBD, otros delitos han disminuido sin que se les aplique la prisión automática, como el robo de vehículos, el cual entre diciembre de 2018 y agosto de 2022 disminuyó un 40.4%, según los datos reportados por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.