SCJN invalidó “Ley Nahle” que buscaba reconocer como veracruzanos a quienes tengan hijos nacidos en la entidad

SCJN invalidó "Ley Nahle"
SCJN invalidó “Ley Nahle” que buscaba reconocer como veracruzanos a quienes tengan hijos nacidos en la entidad 

Dicha Reforma Constitucional fue bautizada “Ley Nahle”, por legisladores locales de la oposición, pues con dicha modificación supuestamente la actual Secretaria de Energía Norma Rocío Nahle García, originaria de Río Grande, Zacatecas podría ser candidata al Gobierno de Veracruz.


CIUDAD DE MÉXICO, 31 de Enero de 2023.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con 8 votos a favor, da revés a la Llamada “Ley Nahle”, Reforma aprobada en agosto de 2022, por el Congreso del Estado de Veracruz, en la que los legisladores habrían aprobado que cualquier persona por el solo hecho de tener hijos nacidos en dicha entidad, sería reconocida como veracruzana o veracruzano.

Dicha Reforma Constitucional fue bautizada “Ley Nahle”, por legisladores locales de la oposición, pues con dicha modificación supuestamente la actual Secretaria de Energía Norma Rocío Nahle García, originaria de Río Grande, Zacatecas podría ser candidata al Gobierno de Veracruz.

Este martes el Pleno de la Corte, analizó las Acciones de inconstitucionalidad número 125/2022 y sus acumuladas 127/2022 y 128/2022, formuladas por los partidos políticos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) en contra del Decreto 240, mediante el cual se adicionó la fracción III del artículo 11 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, invalidando la porción normativa “con hijos veracruzanos o” de dicho precepto, relativa a un supuesto para ser considerada como persona nativa de esa entidad.

SCJN invalidó “Ley Nahle” que buscaba reconocer como veracruzanos a quienes tengan hijos nacidos en la entidad

A través de dicha fracción se adicionaron nuevos supuestos para ser considerado como veracruzano, consistentes en ser mexicano nacido fuera del territorio del estado, con hijos veracruzanos o con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano.

Las Ministras y los Ministros, invalidaron la porción normativa mencionada, al considerar que el legislador local introdujo un “Supuesto Adicional” para ser considerado como nativo de la entidad y que hubiera podido incidir en los requisitos que es necesario cumplir para acceder a la gubernatura, lo cual resultaba violatorio de lo dispuesto en el artículo 116, fracción I, último párrafo, de la Constitución Federal, el cual prevé que solo podrá ser Gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, o con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de los comicios, y tener 30 años cumplidos el día de la elección, o menos, si así lo establece la Constitución Política de la Entidad Federativa.

El Ponente del proyecto, fue el Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Secretario: Miguel Antonio Núñez Valadez.

Guillermo Espinosa / @Guiesga