CICR a cinco años de la Ley de Desaparición, urge eliminar la figura jurídica de persona no localizada

CICR a cinco años de la Ley de Desaparición, urge eliminar la figura jurídica de "Persona No Localizada"
CICR a cinco años de la Ley de Desaparición, urge eliminar la figura jurídica de “Persona No Localizada” 

La CICR destacó que dicha Ley fue el resultado de un ejercicio sin precedente de participación ciudadana encabezada por familias de personas desaparecidas.


Al cumplirse cinco años de la entrada en vigor la “Ley General en Materia de Desaparición de Personas”, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) en México reconoce que es un importante instrumento que sienta las bases para proteger los derechos de las personas desaparecidas y sus seres queridos.

“Sin embargo en su quinto aniversario, la organización humanitaria llamó a eliminar de esta legislación la figura de ´Persona No Localizada´, pues retrasa los procesos de búsqueda en muchos de los casos”.

La CICR, destacó que dicha Ley fue el resultado de un ejercicio sin precedente de participación ciudadana encabezada por familias de personas desaparecidas.

Y señala que una “Persona No Localizada”, de acuerdo con la ley, es aquella cuya ubicación es desconocida y su ausencia no se relaciona con la comisión de un delito.

Adriana Pozos

Actualmente, existen diligencias de investigación necesarias en las primeras horas de la desaparición de una persona, como la geolocalización en tiempo real y el registro de llamadas telefónicas-, que solo pueden solicitarse cuando hay presunción de delito, lo cual deja desprotegidas a las “Personas No Localizadas”, así lo señaló, Adriana Pozos, coordinadora del programa de personas desaparecidas en México del CICR.

“Todas las personas desaparecidas tienen el derecho a ser buscadas de forma inmediata, independientemente de las circunstancias de su desaparición. Recordemos que las primeras horas son esenciales para la búsqueda”,

María Elizondo

Por su parte, María Elizondo, asesora jurídica del CICR, explicó que desde la experiencia del CICR en materia de asesoría legislativa a nivel estatal, la institución considera que una reforma para eliminar esta figura permitiría ampliar la protección jurídica de cualquier persona ausente, pues desde el primer momento reconocería jurídicamente como persona desaparecida a todas aquellas cuya ubicación y paradero se desconocen, independientemente de que su ausencia se relacione, o no, con la comisión de un delito.

“Esto posibilitaría a las comisiones de búsqueda, las fiscalías especializadas correspondientes y otras instancias del Sistema Nacional de Búsqueda activar todas las acciones de búsqueda inmediata que sean pertinentes desde el primer día de la desaparición y evitaría que el proceso de localización sea obstaculizado por interpretaciones restrictivas de la Ley y formalismos innecesarios”.

Las especialistas en temas humanitarios destacaron, asimismo, la necesidad de dotar a las fiscalías especializadas y a las comisiones de búsqueda de herramientas jurídicas y recursos humanos y financieros necesarios, que les permitan actuar y formar adecuadamente grupos de búsqueda interdisciplinarios y con enfoque diferenciado capaces de activar la búsqueda inmediata de personas migrantes, mujeres, personas con discapacidad, entre otros, que están desaparecidas.

Ley de desaparición

A cinco años de la Ley de desaparición, el CICR reconoce los avances para su implementación, que incluyen la instalación de las 32 comisiones locales de búsqueda, la aprobación y entrada en vigor del Protocolo Homologado de Búsqueda de Personas y los lineamientos del Mecanismo de Apoyo Exterior para la Búsqueda e Investigación (MAEBI) en los casos de desaparición de personas migrantes.

“Los mecanismos extraordinarios creados en apoyo a la búsqueda de personas desaparecidas con enfoque diferenciado, tales como la Mesa de Búsqueda de Personas Migrantes Desaparecidas y el Mecanismo Extraordinario de Identificación Forense”.

A pesar de estos avances, el CICR hace hincapié en que es necesaria una amplia revisión y reflexión de esta legislación para realizar un balance sobre lo que se ha logrado hasta ahora y los aspectos que deben fortalecerse, este ejercicio debe con la participación de las familias y las autoridades locales.

Asimismo, resaltó la necesidad de impulsar desde lo legal una política de prevención de desapariciones para situarla como eje primordial.

“Esto toda vez que la desaparición es un flagelo persistente y actual que a la fecha ha lastimado a casi 110 mil familias”.

Labor estrictamente humanitaria

En estos cinco años, como parte de su labor estrictamente humanitaria, el CICR ha acompañado a las familias en sus procesos de búsqueda, y ha continuado asesorando técnicamente a las autoridades responsables de las labores de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas para fortalecer su respuesta a las familias.

Finalmente el CICR, reiteró su compromiso de continuar impulsando espacios de diálogo para lograr la implementación efectiva de la ley y promover cambios que garanticen los derechos de las personas desaparecidas y sus familiares, y que las familias reciban respuestas sobre sus seres queridos.

Guillermo Espinosa / @Guiesga

ZG