Despenalizan el aborto en Sinaloa en pleno Día de la Mujer

 

El aborto en las instituciones públicas del sector salud será un servicio gratuito, permitido hasta la semana 13 de gestación.


En el marco del Día Internacional de la Mujer, celebrado este 8 de marzo, el Congreso de Sinaloa despenalizó el aborto hasta las 13 semanas de gestación, convirtiéndose de este modo en el séptimo estado en despenalizar la interrupción del embarazo en México.

Con 28 votos a favor, 2 en contra y 9 abstenciones, el Congreso de Sinaloa aprobó en lo general la iniciativa que propone reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones del Código Penal, la Ley de Salud, el Código Familiar, el Código Civil y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

El dictamen expone que cometerá el delito de interrupción del embarazo la mujer o persona gestante que finalice de forma anticipada el proceso de gestación, después de la décima tercera semana.

Y se le impondrá una amonestación, y de uno a tres meses de medidas integrales, mismas que corresponderá decretar a la autoridad judicial, tendente a la protección y orientación social de la persona sancionada.

También se destacó que aquellas personas que ayudan a interrumpir el embarazo después de las 13 semanas se le impondrá de veinte a cincuenta días de trabajo social, o desde 200 hasta 600 días de multa.

Aborto en Sinaloa

Lo anterior se produce después que ayer, las comisiones unidas de Igualdad de Género y Familia, de Salud y Asistencia Social, y de Derechos Humanos, aprobaron el dictamen con propuestas de reformas y adiciones en materia de interrupción legal del embarazo.

Según estas comisiones, el dictamen señala que las reformas propuestas sobre los servicios para la interrupción legal del embarazo en condiciones y salubridad cumplen con los estándares internacionales.

Asimismo, la interrupción en las instituciones públicas del sector salud será un servicio gratuito, permitido hasta la semana 13 de gestación.

“Las instituciones públicas de salud están obligadas a garantizar la oportuna prestación de los servicios y la permanente disponibilidad de personal médico y de enfermería suficiente de carácter no objetor para asegurar que se preste la atención médica en la mejor de las condiciones posibles”, señalaron.

Finalmente, durante la reunión de trabajo se expuso que “comete el delito de interrupción del embarazo la mujer o persona gestante que finalice de forma anticipada el proceso de gestación, después de la décima tercera semana. Se considera persona gestante quien teniendo una identidad de género diversa a la de mujer, su cuerpo posee la capacidad de gestar”.