Ciudadanos no podrán pedir la reducción de sueldo de funcionarios, dice SCJN

 

Los ministros acotaron las funciones del jefe de gobierno capitalino


Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nacional (SCJN) determinaron que las peticiones de ciudadanos sobres la reducción a las remuneraciones y percepciones de funcionarios públicos de la Ciudad de México son inválidas.

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En la sesión del lunes en el Pleno de la Corte, lo letrados establecieron que los ciudadanos podrán tener injerencia en el establecimiento de los sueldos de los trabajadores del estado, ya que, dicha aseveración provenía de una redacción errónea y confusa.

En la sesión de este lunes, además, se acotaron las funciones del jefe de gobierno capitalino, que establecía la Constitución local, los ministros establecieron la invalidez del artículo 32, apartado C, numeral 1 inciso m, que establecía como funciones del mandatario local:

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“Emitir anualmente los tabuladores de sueldos de las personas servidoras públicas del Gobierno de la Ciudad de México, incluyendo alcaldías, fideicomisos públicos, instituciones, organismos autónomos y cualquier otro ente público, mediante los cuales se determine una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, así como definir los catálogos de puestos de las personas servidoras públicas”.

Sin embargo, el Pleno determinó que la función de emitir los tabuladores de sueldos, no es competencia del ejecutivo local, sino una de las facultades del Congreso de la CDMX.

 

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